LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, el segundo párrafo de su artículo 101,
Considerando que el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y Rumanía sobre comercio y cooperación comercial y económica fue firmado el 22 de octubre de 1990;
Considerando que, mediante Decisión de 4 marzo de 1991, el Consejo aprobó dicho Acuerdo para su celebración por la Comisión en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica;
Considerando que dicho Acuerdo debería ser concluido
en nombre de la Comunidad Europea de la Energía
Atómica,
HA DECIDIDO:
Artículo 1
Mediante la presente Decisión se considera celebrado en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y Rumanía sobre comercio y cooperación comercial y económica.
El texto del Acuerdo figura adjunto a la presente Decisión(1).
Artículo 2
El presidente de la Comisión procederá a la notificación prevista en el artículo 25 del Acuerdo, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
Hecho en Bruselas, el 5 de marzo de 1991
Por la Comisión
El Presidente
Jacques DELORS
(1)Véase la página 13 del presente Diario Oficial.