Decisión de la Comisión, de 29 de septiembre de 1994, por la que se establece el plan de previsiones de producción, consumo, importación y exportación de plátanos en la Comunidad para el año 1994.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-81476
Número oficial:
DOUE-L-1994-81476
Publicación:
30/09/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 404/93 del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del plátano (1), modificado por el Reglamento (CE) no 3518/93 de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 20,

Considerando que el artículo 16 del Reglamento (CEE) no 404/93 del Consejo establece que cada año se elaborará un plan de previsiones a partir de una serie de parámetros de mercado; que el principal objetivo de este plan es establecer las perspectivas de la producción comunitaria y del consumo, las previsiones de importación de plátanos tradicionales ACP y, en consecuencia, las necesidades de abastecimiento del mercado comunitario y el volumen adecuado del contingente arancelario;

Considerando que dicho plan se deberá volver a examinar tan pronto como sea posible con arreglo a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 16 del Reglamento (CEE) no 404/93 para poder tener en cuenta la repercusión que ha tenido sobre la producción de Martinica y Guadalupe y de determinados países ACP la tormenta tropical « Debbie » que ha afectado a estas regiones el 10 de septiembre de 1994; que, no obstante, la revisión sólo se podrá llevar a cabo sobre la base de un plan definitivo de la situación que aún no está disponible;

Considerando que el Comité de gestión del plátano no ha emitido dictamen alguno en el plazo fijado por su presidente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

En el Anexo de la presente Decisión se establece el plan de previsiones de

producción, consumo, importación y exportación de plátanos en la Comunidad para el año 1994.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 47 de 25. 2. 1993, p. 1.

(2) DO no L 320 de 22. 12. 1993, p. 15.

ANEXO

PLAN PROVISIONAL PARA LOS PLATANOS EN 1994 >>(cantidades en toneladas redondeadas hacia el millar más cercano)>>>> ID="1">Producción CE> ID="2">643 000>>> ID="1">Importaciones Tradicionales ACP> ID="2">666 000>>> ID="1">Contingente arancelario> ID="2">2 118 000>>> ID="1">Consumo bruto> ID="2">3 427 000>>> ID="1">Exportaciones> ID="2">26 000>>> ID="1">Consumo neto> ID="2">3 401 000>>>

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