( 85/492/CEE )
LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo , de 12 de diciembre de 1972 , referente a los problemas sanitarios y de policía sanitaria en el momento de la importación de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1) , modificada en último lugar por la Directiva 83/91/CEE (2) y , en particular , el apartado 1 del artículo 4 y el apartado 1 de su artículo 18 ,
Vista la Directiva 77/96/CEE del Consejo , de 21 de diciembre de 1976 , relativa a la investigación de triquinas en el momento de las importaciones , procedentes de terceros países , de carnes frescas de animales domésticos
de la especie porcina (3) , modificada en último lugar por la Directiva 84/319/CEE (4) , y , en particular , su artículo 4 ,
Considerando que la lista de los establecimientos de Yugoslavia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad se estableció inicialmente en la Decisión 82/813/CEE de la Comisión (5) , modificada en último lugar por la Decisión 84/486/CEE (6) ;
Considerando que una inspección de rutina efectuada en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 83/196/CEE de la Comisión , de 8 de abril de 1983 , relativa a los controles en las dependencias correspondientes efectuados en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina así como de carnes frescas procedentes de terceros países (7) , ha puesto de manifiesto que el nivel de higiene de determinados establecimientos ha experimentado cambios con relación a la inspección anterior ;
Considerando que esta misma inspección ha puesto de manifiesto que determinados establecimientos cumplen las condiciones del artículo 2 de la Directiva 77/96/CEE : que , por lo tanto , puede admitirse que efectúen el examen destinado a descubrir la presencia de triquinas en las carnes frescas de porcino ;
Considerando que es necesario modificar , por consiguiente , la lista de establecimientos ;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión concuerdan con el dictamen del Comité veterinario permanente ,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :
Artículo 1
El Anexo de la Decisión 82/813/CEE se sustituirá por el Anexo de la presente Decisión .
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .
Hecho en Bruselas , el 24 de octubre de 1985 .
Por la Comisión
Frans ANDRIESSEN
Vicepresidente
(1) DO n º L 302 de 31 . 12 . 1972 , p. 28 .
(2) DO n º L 59 de 5 . 3 . 1983 , p. 34 .
(3) DO n º L 26 de 31 . 1 . 1977 , p. 67 .
(4) DO n º L 167 de 27 . 6 . 1984 , p. 34 .
(5) DO n º L 343 de 4 . 12 . 1982 , p. 21 .
(6) DO n º L 270 de 11 . 10 . 1984 , p. 21 .
(7) DO n º L 108 de 26 . 4 . 1983 , p. 18 .
ANEXO
LISTA DE ESTABLECIMIENTOS DE CUYA PROCEDENCIA SE AUTORIZAN LAS IMPORTACIONES DE CARNES FRESCAS SIN LIMITACION DE TIEMPO
Número de autorización Establecimiento Dirección
I . CARNE DE VACUNO
A . Mataderos y salas de despiece
10 PIK Vrbovec Vrbovec
14 PIK Kikinda Kikinda
31 PIK Budimka Pozega
51 29 . Novembar Subotica
59 Mitros Sremska Mitrovica
62 Ishrana Kraljevo
64 Carnex Titov Vrbas
85 MIP Pozarevac
117 Inex Crvena Zvezda Kragujavac
135 PIK Zlatibor Cajetina
B . Mataderos
5 Gravilovic Petrinja
8 5 . Maj Bilogora Bjelovar
12 Centrocoop Vracevsnica
22 ABC Pomurka Murska Sobota
24 Belje Darda
33 Kosaki Maribor
35 ZIK Strumica Strumica
41 Prehrana Bitola
46 BIM Slavija Beograd
49 Bimeks Brcko
53 Srbocoop Belanovica
54 Jugocoop Bujanovac
65 Stokopromet Knjazevac
66 Gornji Polog Gostivar
86 Emona Ljubljana
92 ZIK Kumanovo Kumanovo
98 Poljopromet Nis
99 PKB Slavija Padinska Skela
103 Hmezad Celje
126 Zivinopromet Nova Gorica
127 Neoplanta Novi Sad
139 Podravka Koprivnica
194 Kras Sezana Secovlje
205 Centropromet Prilep
214 SOUR Varazdinka Ivanec
II . CARNE DE OVINO
Mataderos
12 Centrocoop Vracevsnica
29 8 . Oktomvri Kriva Palanka
35 ZIK Strumica Stumica
41 Prehrana Bitola
42 ZIK Crvena Zvezda Stip
54 Jugocoop Bujanovac
65 Stokopromet Knjazevac
66 Gornji Polog Gostivar
92 ZIK Kumanovo Kumanovo
98 Poljopromet Nis
135 PIK Zlatibor Cajetina
205 Centropromet Prilep
Número de autorización Establecimiento Dirección
III . CARNE DE PORCINO (1)
A . Mataderos y salas de despiece
10 PIK Vrbovec Vrbovec
14 PIK Kikinda Kikinda
51 T 29 . Novembar Subotica
59 Mitros Sremska Mitrovica
64 Carnex Titov Vrabas
85 MIP Pozarevac
B . Mataderos
5 T Gavrilovic Petrinja
22 T ABC Pomurka Murska Sobota
33 T Kosaki Maribor
86 Emona Ljubljana
139 T Podravka Koprivnica
C . Salas de despiece
117 Inex Crvana Zvezda Kragujevac
(1) Se admite , con arreglo al artículo 4 de la Directiva 77/96/CEE , que los establecimientos para los que aparece la mención « T » efectúen el examen para el descubrimiento de triquinas previsto en el artículo 2 de dicha Directiva .
LISTA DE ESTABLECIMIENTOS DE CUYA PROCEDENCIA SE PUEDEN INTRODUCIR CARNES FRESCAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD SOLO HASTA UNA FECHA DETERMINADA
Número de autorización Establecimiento Dirección
I . CARNE DE VACUNO
Mataderos y salas de despiece
7 (1) Coka Coka
69 (2) BEK Zrenjanin
204 (1) Topola Backa Topola
II . CARNE DE PORCINO
Mataderos y salas de despiece
7 (1) Coka Coka
69 (2) BEK Zrenjanin
204 (1) Topola Backa Topola
(1) Hasta el 30 de abril de 1986 .
(2) Hasta el 8 de noviembre de 1985 .