Decisión de la Comisión, de 24 de marzo de 1986, por la que se concluye el procedimiento antidumping sobre las importaciones de tableros duros originarios de Portugal.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1986-80395
Número oficial:
DOUE-L-1986-80395
Publicación:
26/03/1986
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal y, en particular, su artículo 380,

Considerando lo siguiente:

El 19 de febrero de 1985 la Comisión inició un procedimiento antidumping referido a las importaciones de tableros duros originarios de Argentina, de Portugal, de Suiza y de Yugoslavia y comenzó una investigación (1). Se trata de los tableros de fibra de madera de más de 0,80 g/cm3 de peso (tableros duros) incluidos en la partida no ex 44.11 del arancel aduanero común y correspondiente a los códigos Nimexe nos 44.11-10 y 20.

El 1 de enero de 1986, Portugal pasó a ser un Estado miembro de la Comunidad Económica Europea. En virtud de lo dispuesto en la última frase del apartado 3 del artículo 380 del Acta de adhesión, los procedimientos antidumping iniciados contra los nuevos Estados miembros antes de su adhesión a la Comunidad en su composición del 31 de diciembre de 1985 continuarán tramitándose con arreglo al apartado 1 del artículo 380.

Este último artículo prevé la adopción de determinadas medidas en los casos en que la Comisión advierte la existencia de prácticas de dumping entre la Comunidad en su composición del 31 de diciembre de 1985 y los nuevos Estados miembros. Además estipula que esta comprobación debe realizarse mientras permanezcan en vigor las medidas transitorias establecidas por el Acta de adhesión para cada caso.

Sin embargo, el Acta de adhesión no establece ninguna medida transitoria para este producto. En la fecha de la adhesión no existen derechos de aduanas o restricciones cuantitativas en el comercio de tableros duros entre Portugal y la Comunidad en su composición del 31 de diciembre de 1985, así como tampoco en el comercio entre Portugal y España con arreglo al apartado

2 del artículo 1 del Protocolo 3 del Acta de adhesión relativo al intercambio de mercancías entre España y Portugal para el período durante el que estarán en vigor las medidas transitorias.

Además, las prácticas comerciales del productor y exportador portugués contemplado en el presente procedimiento están sujetas plenamente a las normas sobre la competencia establecidas por el Tratado CEE y, en particular, por sus artículos 85 y 86, así como a la autoridad investigadora de la Comisión y a la jurisdicción del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en materia de competencia.

Por consiguiente, no parece apropiado continuar con el presente procedimiento en virtud del apartado 1 del artículo 380 del Acta de adhesión.

A la vista de todo lo anterior, debe concluirse el procedimiento antidumping relativo a las importaciones de tableros duros desde Portugal.

DECIDE:

Artículo único

Se da por concluido el procedimiento antidumping referido a los tableros duros originarios de Portugal.

Hecho en Bruselas, el 24 de marzo de 1986

Por la Comisión

Willy DE CLERCQ

Miembro de la Comisión

(1) DO no C 47 de 19. 2. 1985, p. 3.

Leyes relacionadas

Decisión de Ejecución (UE) 2026/401 de la Comisión, de 24 de febrero de 2026, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 92/43/CEE del Consejo en lo que respecta a la lista de lugares de importancia comunitaria y se derogan las Decisiones de Ejecución (UE) 2024/428, (UE) 2025/238, (UE) 2025/239, (UE) 2025/240, (UE) 2025/242, (UE) 2025/244, (UE) 2025/251, (UE) 2025/256 y (UE) 2025/257 [notificada con el número C(2026) 992].

Decisión 06/03/2026

Decisión (UE) 2025/2141 del Consejo, de 10 de octubre de 2025, relativa a la adhesión de Vanuatu al Acuerdo de Asociación Interino entre la Comunidad Europea, por una parte, y los Estados del Pacífico, por otra.

Decisión 24/10/2025

Decisión Delegada (UE) 2026/429 de la Comisión, de 25 de febrero de 2026, por la que se completa el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo eximiendo a determinados operadores económicos que utilizan envolturas y flejes para palés de los requisitos de reutilización del 100 % de estos formatos de envases.

Decisión 06/05/2026

Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas de 11 de junio de 1985 relativa a la adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero.

Decisión 15/11/1985

Decisión (UE) 2025/537 del Consejo, de 27 de enero de 2025, relativa a la adhesión de Niue al Acuerdo de Asociación Interino entre la Comunidad Europea, por una parte, y los Estados del Pacífico, por otra.

Decisión 15/04/2025

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €