Decisión de la Comisión, de 24 de enero de 1994, relativa a la admisibilidad de los gastos a realizar durante 1994 por Dinamarca, Alemania, España, Francia, Italia, los Países Bajos, Portugal y el Reino Unido para garantizar el cumplimiento del régimen comunitario de conservación y gestión de los recursos pesqueros.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1994-80052
Número oficial:
DOUE-L-1994-80052
Publicación:
26/01/1994
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 89/631/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1989, relativa a la participación financiera de la Comunidad en los gastos realizados por los Estados miembros para garantizar el cumplimiento del régimen comunitario de conservación y gestión de los recursos pesqueros (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 92/393/CEE (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 2,

Considerando que, de conformidad con la Decisión 89/631/CEE, la Comisión ha recibido solicitudes de contribución financiera comunitaria de Dinamarca, Alemania, España, Francia, Italia, los Países Bajos, Portugal y el Reino Unido para desembolsos que serán efectuados en 1994;

Considerando que las solicitudes se refieren a gastos para la compra o la modernización de buques, aviones, vehículos terrestres, y sus accesorios, sistemas de detección y registro de las actividades pesqueras y sistemas

para registrar y transmitir datos de las capturas y demás información importante;

Considerando que tales gastos contribuirán a desarrollar los medios de vigilancia y de control de la aplicación del régimen comunitario de conservación de los recursos pesqueros;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la pesca y de la acuicultura,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

Los gastos previstos para 1994 mencionados en el Anexo, y que corresponden a una cantidad de 32 216 299 ecus, podrán ser objeto de una contribución financiera de acuerdo con los términos de la Decisión 89/631/CEE. La contribución comunitaria será del 50 % del gasto objeto de la contribución.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, el Reino de los Países Bajos, la República Portuguesa y el Reino Unido.

Hecho en Bruselas, el 24 de enero de 1994.

Por la Comisión

Yannis PALEOKRASSAS

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 364 de 14. 12. 1989, p. 64.

(2) DO no L 213 de 29. 7. 1992, p. 35.

PARARTIMA ANEXO / BILAG / ANHANG / / ANNEX / ANNEXE / ALLEGATO / BIJLAGE / ANEXO

----------------------------------------------------------------------------

Estado miembro - Medlemsstat |Gastos en moneda |Gastos |Contribuci

- Mitgliedstaat - INFORMACION EN |nacional |- Udgifte |ón de la

GRIEGO: VER DO - Member State |- Udgifter |r |Comunidad

- Etat membre - Stato membro - Lid |national valuta |- Ausgabe |- Fælless

-Staat - Estado-membro |- Ausgaben |n |kabets

|nationale |- INFORMA |finansiel

|Währung |CION EN |le bidrag

|- INFORMACION EN |GRIEGO |- Gemeins

|GRIEGO: VER DO |: VER DO |chaftsbeit

|- Expenditure |- Expendi |rag

|national |ture |- INFORMA

|currency |- Dépense |CION EN

|- Dépenses |s - Spese |GRIEGO

|monnaie |- Uitgave |: VER DO

|nationale |n |- Communi

|- Spese moneta |- Despesa |ty

|nazionale |s (ECU) |contribut

|- Uitgaven | |ion

|nationale valuta | |- Contrib

|- Despesas moeda | |ution

|nacional | |communaut

| | |aire

| | |- Contrib

| | |uto della

| | |Comunità

| | |- Bijdrag

| | |e van de

| | |Gemeensch

| | |ap

| | |- Contrib

| | |uiçao da

| | |Comunidad

| | |e (50

| | |% - ECU)

----------------------------------------------------------------------------

Danmark |20 882 000 Dkr |2 697 741 |1 348 871

Deutschland |3 075 800 DM |1 613 289 |806 644

España |828 180 227 Pta |5 370 575 |2 685 287

France |48 394 000 FF |7 256 506 |3 628 253

Italia |1 000 000 000 Lit |536 282 |268 141

| | |

Nederland |3 710 000 Fl |1 732 552 |866 276

Portugal |2 239 100 000 Esc |11 406 753 |5 703 377

| | |

United Kingdom |1 254 242 £ |1 602 601 |801 300

Total / I alt / INFORMACION EN | |32 216 299 |16 108 149

GRIEGO: VER DO / Totale / Totaal | | |

³[L76]

Leyes relacionadas

Decisión de Ejecución (UE) 2026/401 de la Comisión, de 24 de febrero de 2026, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 92/43/CEE del Consejo en lo que respecta a la lista de lugares de importancia comunitaria y se derogan las Decisiones de Ejecución (UE) 2024/428, (UE) 2025/238, (UE) 2025/239, (UE) 2025/240, (UE) 2025/242, (UE) 2025/244, (UE) 2025/251, (UE) 2025/256 y (UE) 2025/257 [notificada con el número C(2026) 992].

Decisión 06/03/2026

Decisión (UE) 2025/2141 del Consejo, de 10 de octubre de 2025, relativa a la adhesión de Vanuatu al Acuerdo de Asociación Interino entre la Comunidad Europea, por una parte, y los Estados del Pacífico, por otra.

Decisión 24/10/2025

Decisión Delegada (UE) 2026/429 de la Comisión, de 25 de febrero de 2026, por la que se completa el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo eximiendo a determinados operadores económicos que utilizan envolturas y flejes para palés de los requisitos de reutilización del 100 % de estos formatos de envases.

Decisión 06/05/2026

Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas de 11 de junio de 1985 relativa a la adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero.

Decisión 15/11/1985

Decisión (UE) 2025/537 del Consejo, de 27 de enero de 2025, relativa a la adhesión de Niue al Acuerdo de Asociación Interino entre la Comunidad Europea, por una parte, y los Estados del Pacífico, por otra.

Decisión 15/04/2025

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