Decisión de la Comisión, de 23 de agosto de 2002, relativa a la participación financiera de la Comunidad en los gastos realizados por España para el establecimiento del registro vitícola comunitario [notificada con el número C(2002) 3133].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2002-81510
Número oficial:
DOUE-L-2002-81510
Publicación:
27/08/2002
Departamento:
Comunidades Europeas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2392/86 del Consejo, de 24 de julio de 1986, relativo al establecimiento del registro vitícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1631/98 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 9,

Previa consulta al Comité del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola,

Considerando lo siguiente:

(1) Según el apartado 1 del artículo 9 del Reglamento (CEE) n° 2392/86, la Comunidad participará, a razón de un 50 % de los costes efectivos, en la financiación del establecimiento del registro vitícola comunitario en los Estados miembros y de las inversiones en material informático necesarias para la gestión de dicho registro.

(2) De conformidad con el apartado 3 del artículo 9 del citado Reglamento, se han abonado varios anticipos a España; dichos anticipos serán deducidos del importe total de la participación comunitaria.

(3) Según dispone el apartado 4 del artículo 9 del mismo Reglamento, los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) n° 1258/1999 del Consejo (3) se aplican a la financiación comunitaria para el establecimiento del registro.

(4) España envió a la Comisión los documentos necesarios para que ésta decida el importe que ha de sufragar con arreglo a los gastos realizados para el establecimiento del registro.

(5) La Comisión procedió a las comprobaciones previstas en el apartado 2 del artículo 9 de los Reglamentos (CEE) n° 729/70 del Consejo (4) y (CE) n° 1258/1999.

(6) Tras las comprobaciones efectuadas, una parte de los gastos declarados por España no cumple las condiciones reglamentarias exigidas y, por lo tanto, la Comunidad no puede financiarlos.

(7) España ha finalizado el registro vitícola en su versión completa de las provincias todavía no cubiertas en fecha de 1 de julio de 1995. No obstante, conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CEE) n° 2392/86, resulta procedente limitar la financiación de la Comunidad a la que corresponda a la del registro simplificado para las superficies afectadas.

(8) El 29 de abril de 2002, se notificó a España la evaluación de los importes que van a ser sufragados y la de los que van a ser descartados debido a su no-conformidad con las normas comunitarias.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Comunidad participará en los gastos realizados por España para el establecimiento del registro vitícola comunitario con el importe establecido en el cuadro adjunto a la presente Decisión.

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será el Reino de España.

Hecho en Bruselas, el 23 de agosto de 2002.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

___

(1) DO L 208 de 31.7.1986, p. 1.

(2) DO L 210 de 28.7.1998, p. 14.

(3) DO L 160 de 26.6.1999, p. 103.

(4) DO L 94 de 28.4.1970, p. 13.

ANEXO

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 42

Leyes relacionadas

Decisión Delegada (UE) 2026/429 de la Comisión, de 25 de febrero de 2026, por la que se completa el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo eximiendo a determinados operadores económicos que utilizan envolturas y flejes para palés de los requisitos de reutilización del 100 % de estos formatos de envases.

Decisión 06/05/2026

Decisión de Ejecución (UE) 2026/989 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1668 en lo que respecta a la norma armonizada sobre dispositivos de prevención de rebosamiento para tanques estáticos para combustibles petrolíferos líquidos. Parte 1: Dispositivos de prevención de rebosamiento con dispositivo de cierre.

Decisión 05/05/2026

Decisión (PESC) 2025/931 del Consejo, de 20 de mayo de 2025, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

Decisión 20/05/2025

Decisión (PESC) 2026/1028 del Consejo, de 5 de mayo de 2026, relativa a una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas de Senegal en el marco de la Arquitectura de Yaundé.

Decisión 06/05/2026

Decisión nº 146/25/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC, de 9 de septiembre de 2025, por la que se adoptan directrices para el Sistema de Alerta Rápida Safety Gate establecido en virtud de la Directiva 2001/95/CE, relativa a la seguridad general de los productos [2026/1039].

Decisión 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida