LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y de productos de la acuicultura (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 95/22/CE (2), y, en particular, su artículo 6,
Considerando que los Estados miembros pueden obtener, para las explotaciones
piscícolas situadas en una zona no autorizada, por lo que respecta a la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) y a la septicemia hemorrágica viral (SHV), el estatuto de explotación autorizada libre de dichas enfermedades;
Considerando que, mediante las cartas de 23 de diciembre de 1996, 14 de julio de 1997 y 18 de marzo de 1998, Italia presentó a la Comisión las justificaciones relativas a la concesión del estatuto de explotación autorizada situada en una zona no autorizada para algunas explotaciones, por lo que respecta a la NHI y la SHV, y las disposiciones nacionales que garantizan el cumplimiento de las normas relativas al mantenimiento de la autorización;
Considerando que la Comisión y los Estados miembros han procedido al examen de las justificaciones presentadas por Italia para dichas explotaciones;
Considerando que, según se desprende del examen de esos datos, las explotaciones se ajustan al conjunto de los requisitos previstos en el artículo 6 de la Directiva 91/67/CEE;
Considerando que, por lo tanto, dichas explotaciones puede beneficiarse del estatuto de explotación autorizada en una zona no autorizada;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
Se reconocen las explotaciones piscícolas mencionadas en el anexo como explotaciones autorizadas situadas en una zona no autorizada con respecto a la NHI y la SHV.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 18 de mayo de 1998.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
___________
(1) DO L 46 de 19. 2. 1991, p. 1.
(2) DO L 243 de 11. 10. 1995, p. 1.
ANEXO
EXPLOTACIONES PISCICOLAS AUTORIZADAS EN ITALIA CON RESPECTO A LA NHI Y LA SHV
REGION: PROVINCIA AUTONOMA DI TRENTO
Explotaciones situadas en la cuenca hidrográfica del Noce
Ass. Pescatori Solandri (Loc. Fucine)
Cavizzana
Explotaciones situadas en la cuenca hidrográfica del Brenta
Campestrin Giovanni
Telve Valsugana (Fontane)
Ittica Resenzola Serafini
Grigno
Ittica Resenzola Selva
Grigno
Leonardi F.lli
Levico Terme (S. Giuliana)
Dellai Giuseppe-Trot. Valsugana
Grigno (Fontana Secca, Maso Puele)
Explotaciones situadas en la cuenca hidrográfica del Adige
Celva Remo
Pomarolo
Margonar Domenico
Ala (Pilcante)
Degiuli Pasquale
Mattarello (Regole)
Tamanini Livio
Vigolo Vattaro
Explotaciones situadas en la cuenca hidrográfica del Sarca
Ass. Pescatori Basso Sarca
Ragoli (Pez)
Stab. Giudicariese La Mola
Tione (Delizia d'Ombra)
Azienda Agricola La Sorgente s.s.
Tione (Saone)
Fonti del Dal s.s.
Lomaso (Dasindo)
Comfish Srl (ex Paletti)
Preore (Molina)
Ass. Pescatori Basso Sarca
Tenno (Pranzo)
Explotaciones situadas en la cuenta hidrográfica del Chiese
Facchini Emiliano
Pieve di Bono (Agrone)