(93/529/CEE)LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 9,
Considerando que, mediante la Decisión 91/654/CEE, de 12 de diciembre de 1991, sobre ciertas medidas de protección con respecto a los moluscos y crustáceos procedentes del Reino Unido (3), la Comisión adoptó medidas de protección referentes a algunos lotes de crustáceos y moluscos originarios de Escocia;
Considerando que, al aplicar el Reino Unido las disposiciones de la Directiva 91/492/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se fijan las normas sanitarias aplicables a la producción y puesta en el mercado de moluscos bivalvos vivos (4), y la Directiva 91/493/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1991, por la que se fijan las normas sanitarias aplicables a la producción y a la puesta en el mercado de los productos pesqueros (5), no es necesario mantener las disposiciones de la Decisión 91/654/CEE; en estas condiciones y por motivos de claridad jurídica, es conveniente derogar la Decisión 91/654/CEE;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
Queda derogada la Decisión 91/654/CEE.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 14 de octubre de 1993.
Por la Comisión
René STEICHEN
Miembro de la Comisión
(1) DO no L 395 de 30. 12. 1989, p. 13.
(2) DO no L 62 de 15. 3. 1993, p. 49.
(3) DO no L 350 de 19. 12. 1991, p. 59.
(4) DO no L 268 de 24. 9. 1991, p. 1.
(5) DO no L 268 de 24. 9. 1991, p. 15.