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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-9939 — 7 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Autoridad Portuaria de Málaga, por la que se aprueba el Pliego de condiciones particulares del servicio comercial de suministro de combustibles convencionales derivados del petróleo, biocombustibles y sintéticos en el puerto de Málaga.

📅 7 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 📄 24 páginas

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Resumen

Nuevo pliego para suministro de combustibles en el Puerto de Málaga

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Autoridad Portuaria de Málaga aprueba un nuevo pliego de condiciones que regula el servicio comercial de suministro de combustibles convencionales, biocombustibles y sintéticos a buques en el puerto. Esta normativa establece los requisitos técnicos, ambientales y de seguridad que deben cumplir las empresas autorizadas para prestar este servicio, con especial énfasis en la sostenibilidad ambiental y la prevención de la contaminación marina.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Las condiciones para obtener y mantener autorizaciones para el suministro de combustibles a buques, incluyendo combustibles convencionales derivados del petróleo, biocombustibles y sintéticos
  • A quién afecta:
    • Empresas suministradoras de combustibles marítimos
    • Navieras y armadores que operan en el Puerto de Málaga
    • Autoridad Portuaria de Málaga
  • Ámbito territorial: Zona de servicio del Puerto de Málaga (limitado a la ZONA I, aguas abrigadas)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Modalidades de suministro autorizadas:

  • Truck to Ship (TTS) o Container to Ship (CTS): Suministro mediante camión cisterna o contenedor
  • Ship to Ship (STS): Suministro con medios flotantes (buques o gabarras)

Requisitos principales:

  • Duración de autorizaciones: 6 años con carácter general (ampliable con tecnologías avanzadas)
  • Garantías económicas: Mínimo 9.000 euros
  • Seguros obligatorios:
    • 300.000 euros para suministro desde camión/contenedor
    • 1.000.000 euros para suministro desde medios flotantes
  • Certificación ambiental: ISO-14000 obligatorio en el plazo de un año
  • Plan Interior Marítimo (PIM): Obligatorio para lucha contra contaminación

Condiciones operativas:

  • Servicio 24/7 los 365 días del año (salvo restricciones específicas)
  • Cumplimiento del Convenio MARPOL y normativa de prevención de contaminación
  • Personal cualificado y con formación específica
  • Medios materiales adecuados para cada modalidad de suministro

Tasas aplicables:

  • Tasa de actividad: 1 euro por tonelada de combustible suministrado
  • Tasa del buque: Para modalidad Ship to Ship según TRLPEMM

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Inmediata tras la publicación (11 de marzo de 2026)
  • Inicio del servicio: Máximo 1 mes tras el otorgamiento de autorización
  • Certificación ISO-14000: 1 año desde el otorgamiento de la autorización
  • Período de adaptación: Se respeta para el prestador actual con autorización vigente

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para empresas suministradoras:

  • Deben solicitar nueva autorización conforme al pliego actualizado
  • Obligación de implementar sistemas de gestión ambiental certificados
  • Necesidad de contar con medios específicos de lucha contra la contaminación
  • Cumplimiento de estrictos protocolos de seguridad y listas de verificación

Para navieras y armadores:

  • Mayor garantía en la calidad y seguridad del suministro
  • Disponibilidad de combustibles alternativos (biocombustibles y sintéticos)
  • Procedimientos estandarizados con listas de verificación obligatorias

Para la sostenibilidad portuaria:

  • Incorporación de criterios de eficiencia energética y sostenibilidad ambiental
  • Alineación con el paquete "FIT for 55" de la UE
  • Refuerzo de las medidas de prevención de contaminación marina

Recursos disponibles: Recurso de reposición (1 mes) o contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (2 meses).

Generado el 07/05/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.