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Real Decreto I. Disposiciones generales

Creación del Foro de Gobierno Abierto para la participación ciudadana

BOE-A-2026-9880 — 7 de mayo de 2026

Real Decreto 371/2026, de 6 de mayo, por el que se crea y regula el Foro de Gobierno Abierto.

📅 7 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 📄 13 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Este Real Decreto crea y regula el Foro de Gobierno Abierto como órgano permanente de participación ciudadana en políticas de transparencia, participación y rendición de cuentas. Sustituye la anterior regulación por orden ministerial, dotando al Foro de mayor estabilidad jurídica y operativa. Establece una composición paritaria entre administraciones públicas y sociedad civil, con 64 vocales en total, y refuerza su papel en la elaboración y seguimiento de los Planes de Acción de Gobierno Abierto.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Crea el Foro de Gobierno Abierto como órgano colegiado permanente para la participación ciudadana en políticas de transparencia, participación, rendición de cuentas e innovación democrática
  • A quién afecta:
    • Administraciones públicas (Estado, CCAA y entidades locales)
    • Organizaciones de la sociedad civil, asociaciones y fundaciones
    • Universidades y centros de investigación
    • Tercer Sector y organizaciones de consumidores
  • Ámbito territorial: Nacional, con participación de todas las comunidades autónomas y representación local

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura y composición

  • Composición paritaria: 32 vocales de administraciones públicas y 32 de sociedad civil
  • Presidencia: Secretario de Estado de Función Pública
  • Vicepresidencias: Director General de Gobernanza Pública y un representante rotativo de la sociedad civil
  • Representación territorial: Una vocalía por cada CCAA, Ceuta y Melilla, más 4 de la FEMP

Funciones principales

  • Participar en la elaboración, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción de Gobierno Abierto
  • Analizar y formular recomendaciones sobre políticas de transparencia y participación
  • Identificar y difundir buenas prácticas
  • Canalizar el diálogo entre administraciones y sociedad civil

Órganos de funcionamiento

  • Pleno: Órgano principal con las 64 vocalías
  • Comisión Permanente: Órgano de enlace y continuidad
  • Grupos de trabajo: Para análisis de cuestiones específicas
  • Observatorio de Gobierno Abierto: Espacio virtual para buenas prácticas

Innovaciones destacadas

  • Reconocimiento del HazLab como espacio de apoyo metodológico
  • Figura de vocalías observadoras sin derecho a voto
  • Coordinación con el Grupo Interministerial de Gobierno Abierto

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Al día siguiente de su publicación en el BOE
  • Constitución del nuevo Foro: Máximo 3 meses desde la entrada en vigor
  • Procedimiento de designación: Debe iniciarse dentro del mes siguiente a la entrada en vigor y concluir en máximo 4 meses
  • Régimen transitorio: El Foro anterior continúa en funciones hasta la constitución del nuevo

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las administraciones públicas

  • CCAA y entidades locales: Deben designar sus representantes con rango mínimo de Director General
  • Ministerios: Participación en función de su implicación en políticas de gobierno abierto
  • Coordinación reforzada: Mayor articulación entre niveles administrativos

Para organizaciones de la sociedad civil

  • Oportunidad de participación: Proceso de selección transparente para 14 vocalías mediante convocatoria pública
  • Requisitos: Afinidad temática con el Plan de Gobierno Abierto vigente
  • Criterios de valoración: Actividades relacionadas con transición ecológica, igualdad de género e inclusión social

Para ciudadanos y profesionales

  • Mayor transparencia: Publicación de actividades en el Portal de la Transparencia
  • Participación indirecta: A través de las organizaciones representadas
  • Acceso a información: Observatorio de buenas prácticas disponible públicamente

Aspectos económicos

  • Sin incremento de gasto: Se financia con dotaciones presupuestarias ordinarias
  • Participación no remunerada: No genera derecho a retribución
Generado el 07/05/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.