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Orden Ministerial I. Disposiciones generales

Actualización de costes del Fondo de cohesión sanitaria para derivaciones entre comunidades autónomas

BOE-A-2026-9797 — 6 de mayo de 2026

Orden SND/433/2026, de 27 de abril, por la que se actualizan los anexos I, II y III del Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria.

📅 6 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE SANIDAD 📄 92 páginas
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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta orden actualiza los anexos del Real Decreto que regula el Fondo de cohesión sanitaria, estableciendo nuevos costes para los procedimientos médicos y quirúrgicos que se compensan cuando un paciente es derivado desde su comunidad autónoma de residencia a otra para recibir atención en centros de referencia. La actualización incluye 588 procedimientos con ingreso hospitalario y diversos procedimientos ambulatorios, con compensaciones del 80% del coste medio. Esta medida garantiza la equidad en el acceso a servicios sanitarios especializados en todo el territorio español.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Actualiza los costes de compensación del Fondo de cohesión sanitaria para procedimientos realizados en Centros, Servicios y Unidades de Referencia (CSUR)
  • A quién afecta:
    • Comunidades autónomas y sus servicios de salud
    • Centros sanitarios designados como de referencia
    • Pacientes que requieren derivación a otras comunidades para tratamientos especializados
    • Ministerio de Sanidad y administraciones sanitarias
  • Ámbito territorial: Todo el territorio español, incluyendo las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Actualización de anexos: Sustituye completamente los anexos I, II y III del Real Decreto 1207/2006
  • Anexo I: 588 procesos con ingreso hospitalario clasificados por códigos APR-GRD con cuatro niveles de severidad
  • Anexo II: Procedimientos ambulatorios divididos en:
    • Apartado A: Procedimientos con coste fijo
    • Apartado B: Procedimientos médicos y quirúrgicos ambulatorios compensados por GRD (nueva denominación)
  • Compensación: 80% del coste medio establecido para cada procedimiento
  • Criterios de actualización: Basados en datos de la Estadística de Centros Sanitarios de Atención Especializada
  • Derogación: Queda sin efecto la Orden SND/976/2024 anterior

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Al día siguiente de su publicación en el BOE (28 de abril de 2026)
  • Primera aplicación: Los nuevos costes se aplicarán en la liquidación del Fondo de cohesión sanitaria del año 2025, correspondiente a la actividad registrada en 2024
  • Régimen transitorio: Para patologías sin CSUR designados, se seguirá compensando a todos los centros que las realicen hasta que se designen centros de referencia específicos

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las Comunidades Autónomas:

  • Deben aplicar los nuevos importes de compensación en sus liquidaciones
  • Actualizar sus sistemas de facturación y compensación interterritorial

Para los Centros Sanitarios:

  • Los CSUR conocen las tarifas exactas de compensación para cada procedimiento
  • Mejora en la planificación económica de derivaciones

Para los Pacientes:

  • Garantiza el mantenimiento del acceso a tratamientos especializados sin coste adicional
  • Transparencia en los costes de los procedimientos de alta complejidad

Para Profesionales Sanitarios:

  • Claridad sobre qué procedimientos están cubiertos por el Fondo
  • Facilita la toma de decisiones sobre derivaciones a centros de referencia

La medida refuerza el principio de cohesión del Sistema Nacional de Salud, asegurando que todos los ciudadanos tengan acceso equitativo a tratamientos especializados independientemente de su lugar de residencia.

Generado el 06/05/2026 05:46 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.