RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Dirección General de Política Energética y Minas autoriza a Parques Eólicos San Lorenzo, SLU la construcción de una planta solar fotovoltaica de 49,11 MW para hibridar con un parque eólico existente en Valladolid. Esta autorización incluye la declaración de utilidad pública del proyecto, permitiendo la expropiación de terrenos necesarios. La hibridación de energías renovables representa una estrategia clave para optimizar la infraestructura eléctrica y maximizar la generación limpia en un mismo emplazamiento.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Autorización administrativa previa y de construcción para instalación solar fotovoltaica
- Declaración de utilidad pública para expropiación de terrenos
- Hibridación energética entre tecnología solar y eólica existente
A quién afecta
- Promotor: Parques Eólicos San Lorenzo, SLU
- Propietarios de terrenos en los municipios afectados (derecho de expropiación)
- Administraciones locales de Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón
- Sector energético como precedente de hibridación renovable
Ámbito territorial
Términos municipales de Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón (Valladolid)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Características técnicas del proyecto
- Potencia instalada: 49,11 MW solar + 48,75 MW eólico existente
- Tecnología: 107.329 paneles fotovoltaicos bifaciales con seguidores solares
- Inversores: 30 unidades de 1.637 kVA cada uno
- Infraestructura: 14 centros de transformación y líneas subterráneas de 30 kV
Condiciones ambientales obligatorias
- Muestreo exhaustivo de flora y fauna antes del inicio de obras
- Exclusión de parcelas próximas a la ZEC "Montes Torozos"
- Plan de conservación para avifauna esteparia (100% superficie equivalente)
- Respeto al período de nidificación con calendario coordinado
- Plan de seguimiento durante toda la vida útil de la instalación
- Plantación de franja forestal como corredor verde
- Zona de exclusión de 25 metros alrededor de quejigos y encinas
Procedimiento aplicado
- Tramitación simplificada según Real Decreto-ley 20/2022
- Informe de Determinación de Afección Ambiental (IDAA) favorable
- Información pública realizada en 2025 con alegaciones resueltas
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Vigencia
- Entrada en vigor: Inmediata desde la publicación (16 de abril de 2026)
- Plazo para autorización de explotación: Según Real Decreto-ley 23/2020
Plazos relevantes
- Comunicación de fin de obras: Obligatoria al órgano competente provincial
- Cumplimiento condiciones ambientales: Previo a autorización de explotación
- Recurso de alzada: 1 mes desde notificación ante Secretaría de Estado de Energía
Régimen transitorio
- Aplicación del Real Decreto 997/2025 sobre definición de potencia instalada
- Continuidad de tramitación en administración iniciadora hasta autorización de explotación
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para el promotor (Parques Eólicos San Lorenzo, SLU)
- ✅ Puede iniciar construcción cumpliendo condiciones técnicas y ambientales
- ⚠️ Debe obtener autorizaciones adicionales (ordenación territorial, medio ambiente)
- 📋 Obligación de seguimiento ambiental durante toda la vida útil
- 💰 Debe presupuestar todas las medidas ambientales en proyecto/adenda
Para propietarios de terrenos afectados
- ⚖️ Derecho de expropiación activado por declaración de utilidad pública
- 📄 11 parcelas afectadas según Anexo II (referencias catastrales especificadas)
- 💰 Derecho a indemnización según procedimiento expropiatorio
Para el sector energético
- 🔄 Precedente de hibridación solar-eólica con tramitación simplificada
- 🌱 Modelo de integración de renovables en infraestructura existente
- 📈 Optimización de capacidad de evacuación y conexión a red
Para administraciones locales
- 🏛️ Coordinación obligatoria en calendario de obras para protección ambiental
- 🌿 Supervisión del cumplimiento de medidas de conservación
- 📊 Participación en seguimiento de impacto en fauna esteparia
Nota importante: Esta autorización no dispensa de obtener licencias municipales, autorizaciones sectoriales adicionales ni permisos de seguridad industrial que correspondan a las Comunidades Autónomas.