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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio colectivo de vidrio y cerámica y comercio exclusivista de estos materiales con vigencia 2025-2027

BOE-A-2026-9578 — 2 de mayo de 2026

Resolución de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXIII Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales.

📅 2 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 92 páginas

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Resumen

RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-9578

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Trabajo registra y publica el XXIII Convenio colectivo estatal para las industrias extractivas, del vidrio, cerámicas y comercio exclusivista de estos materiales, con vigencia 2025-2027. Este convenio establece las condiciones laborales mínimas para aproximadamente 150.000 trabajadores del sector, incluyendo incrementos salariales progresivos, mejoras en conciliación familiar y nuevas medidas de igualdad. Representa una actualización significativa de las relaciones laborales en un sector industrial estratégico de la economía española.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Condiciones laborales para industrias extractivas, del vidrio, cerámicas y comercio exclusivista
  • Salarios mínimos y complementos salariales del sector
  • Jornada laboral, vacaciones y permisos
  • Medidas de igualdad y conciliación familiar

A quién afecta

  • Empresas: Todas las dedicadas a actividades extractivas, vidrio, cerámica y comercio exclusivista de estos materiales
  • Trabajadores: Personal laboral de estas empresas (excluidos directivos y contratos especiales)
  • Representación: Confederación Española del Vidrio y la Cerámica (CONFEVICEX), FICA-UGT y CC.OO. Industria

Ámbito territorial

  • Todo el territorio español

3. CONTENIDO PRINCIPAL

📊 Incrementos Salariales

  • 2025: 3% sobre valores anteriores
  • 2026: 2,3% (actualización) + 2,5% (incremento anual)
  • 2027: 2,5% adicional
  • Cláusula de revisión: Incremento adicional máximo 1,5% si IPC supera 2,5%

💰 Salarios Base 2026 (ejemplos principales)

Grupo Profesional Salario Base Diario Salario Anual
Grupo 7 46,21€ 23.495,15€
Grupo 6 42,03€ 21.593,25€
Grupo 5 38,88€ 20.160,00€

Jornada y Tiempo de Trabajo

  • Jornada semanal: 40 horas efectivas
  • Jornada anual: 1.747 horas (2025-2026), 1.744 horas (2027)
  • Vacaciones: 30 días naturales consecutivos
  • Registro obligatorio de jornada para todas las empresas

👨‍👩‍👧‍👦 Conciliación y Permisos

  • Matrimonio: 15 días naturales
  • Fallecimiento familiares: 3-4 días según desplazamiento
  • Enfermedad grave familiar: 5 días (fraccionables)
  • Reducción jornada: Por cuidado de menores o dependientes
  • Permiso médico: 16 horas anuales (8 para acompañamiento)

🛡️ Protección Social

  • Seguro accidentes: 32.249€ (2026)
  • Complemento IT: 25% adicional por accidente laboral
  • Ayuda escolar: 9,98€/mes por hijo (1-16 años)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

📅 Vigencia

  • Inicio: 1 de enero de 2025
  • Fin: 31 de diciembre de 2027
  • Prórroga automática: Anual si no hay denuncia

⏱️ Plazos Críticos

  • Atrasos 2025: Pago en el mes siguiente a publicación BOE
  • Empresas ≤50 trabajadores: Hasta 3 meses para abonar atrasos
  • Tablas salariales anuales: Elaboración en 10 días tras conocer IPC definitivo
  • Denuncia convenio: Mínimo 3 meses antes de expiración

🔄 Régimen Transitorio

  • Salario mínimo garantizado: Aplicación desde 1 enero 2026
  • Condiciones más beneficiosas: Se mantienen las existentes
  • Adaptación empresas: Período de consultas para inaplicación (máximo 15 días)

5. IMPACTO PRÁCTICO

🏭 Para las Empresas

  • Obligatorio: Implementar incrementos salariales y nuevas tablas
  • Registro jornada: Sistema obligatorio con conservación 4 años
  • Seguro accidentes: Contratar póliza con cobertura mínima establecida
  • Igualdad: Adoptar medidas contra discriminación y acoso
  • Flexibilidad: Posibilidad de inaplicación temporal en crisis (procedimiento regulado)

👷 Para los Trabajadores

  • Incremento retributivo: Mejoras salariales progresivas hasta 2027
  • Mayor conciliación: Ampliación permisos familiares y reducción jornada
  • Protección reforzada: Mejor cobertura por accidentes y IT
  • Igualdad efectiva: Protección contra discriminación LGTBI y de género

⚖️ Para Representantes Legales

  • Información: Acceso a registros de jornada y horas extra
  • Negociación: Participación en adaptaciones de jornada y medidas de conciliación
  • Control: Supervisión cumplimiento medidas de igualdad

🚨 Aspectos Críticos a Vigilar

  • Cumplimiento plazos: Especialmente para atrasos salariales
  • Registro jornada: Implementación correcta del sistema
  • Procedimientos igualdad: Establecimiento de protocolos anti-acoso
  • Cláusula inaplicación: Uso justificado solo en situaciones de crisis empresarial
Generado el 02/05/2026 07:52 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.