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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-9577 — 2 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de la Comisión Paritaria por el que se actualiza el Anexo salarial de 2026, del II Convenio colectivo de empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones.

📅 2 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 3 páginas

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Resumen

RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Trabajo registra y publica la actualización salarial para 2026 del II Convenio colectivo de empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones. Esta actualización establece nuevas tablas salariales con incrementos del 3,13% para garantizar que los salarios base se mantengan por encima del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La medida afecta a miles de trabajadores del sector de servicios auxiliares en toda España y tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Actualización salarial: Nuevas tablas retributivas para el año 2026 del convenio colectivo estatal
  • Garantía salarial: Mantenimiento del diferencial con el SMI establecido en 2023
  • Registro oficial: Inscripción y publicación del acuerdo de la Comisión Paritaria

A quién afecta

  • Empresas: Todas las empresas del sector de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones
  • Trabajadores: Personal de todos los grupos profesionales (desde auxiliares hasta directores generales)
  • Organizaciones: ANEPSA-ASESAS, ADEDSA-AESA (patronales) y sindicatos FeSMC-UGT, CCOO del Hábitat, FTSP-USO

Ámbito territorial

  • Nacional: Aplicación en todo el territorio español

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Incremento salarial general

  • Porcentaje de subida: 3,13% para todos los niveles retributivos
  • Fundamento: Vinculación al incremento del SMI establecido por Real Decreto 126/2026

Nuevas tablas salariales 2026

Grupo Profesional 1 (Dirección)

  • Director General: 1.599,01€/mes (22.386,17€/año)
  • Director: 1.541,90€/mes (21.586,66€/año)
  • Titulado Superior/Medio: 1.484,80€/mes (20.787,15€/año)

Grupos Profesionales 2-5

  • Salarios desde 1.235,35€/mes (Auxiliares) hasta 1.370,58€/mes (Jefes)
  • Garantía específica para Auxiliar Administrativo, Vendedor/Promotor y Auxiliar de Servicios

Cláusula de garantía salarial

  • Mantenimiento automático del diferencial con el SMI vigente
  • Referencia al porcentaje de diferencia establecido en 2023

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Período de aplicación: 1 de enero a 31 de diciembre de 2026
  • Efectos retroactivos: Desde el 1 de enero de 2026

Fechas clave

  • Acuerdo de la Comisión Paritaria: 24 de febrero de 2026
  • Resolución de registro: 23 de abril de 2026
  • Publicación en BOE: Fecha de esta resolución

Sin plazos de adaptación

  • Aplicación inmediata desde la entrada en vigor del SMI 2026

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las empresas del sector

  • Obligación inmediata: Aplicar las nuevas tablas salariales desde enero 2026
  • Abono retroactivo: Pagar las diferencias salariales acumuladas desde enero
  • Actualización de nóminas: Revisar todos los contratos y sistemas de nómina
  • Coste adicional: Incremento del 3,13% en la masa salarial

Para los trabajadores

  • Incremento salarial: Subida del 3,13% en todos los conceptos retributivos
  • Derecho al cobro: Reclamación de atrasos desde enero 2026
  • Garantía de futuro: Mantenimiento automático del diferencial con el SMI

Para los profesionales jurídicos y de RRHH

  • Asesoramiento: Informar a empresas clientes sobre la obligatoriedad del cumplimiento
  • Revisión contractual: Verificar que los contratos reflejen las nuevas condiciones
  • Gestión de reclamaciones: Posibles demandas por impago de diferencias salariales

Consideraciones adicionales

  • Automaticidad: El sistema de actualización salarial vinculado al SMI garantiza futuras subidas
  • Seguridad jurídica: El registro oficial otorga plena validez al acuerdo
  • Precedente sectorial: Modelo de negociación colectiva vinculada a indicadores oficiales
Generado el 02/05/2026 07:51 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.