← Volver al listado del 28 de abril
Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-9284 — 28 de abril de 2026

Resolución de 27 de abril de 2026, del Banco de España, por la que se publican los cambios del euro correspondientes al día 27 de abril de 2026, publicados por el Banco Central Europeo, que tendrán la consideración de cambios oficiales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre la Introducción del Euro.

📅 28 de abril de 2026 🏛️ BANCO DE ESPAÑA 📄 2 páginas

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen generado con IA

ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-9284

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Banco de España publica los tipos de cambio oficiales del euro frente a 27 divisas internacionales correspondientes al 27 de abril de 2026, establecidos por el Banco Central Europeo. Esta resolución fija los cambios oficiales que deben utilizarse para operaciones que requieran conversión de moneda con efectos jurídicos en España. Los tipos publicados tienen carácter vinculante para determinadas operaciones administrativas, fiscales y contables que exijan el uso de cambios oficiales.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula:

  • Establece los tipos de cambio oficiales del euro frente a 27 divisas extranjeras
  • Desarrolla lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 46/1998 sobre la Introducción del Euro

A quién afecta:

  • Administraciones públicas: para liquidaciones tributarias y operaciones oficiales
  • Empresas: que requieran tipos oficiales para contabilidad, declaraciones fiscales o contratos
  • Entidades financieras: para determinadas operaciones reguladas
  • Profesionales: asesores fiscales, auditores, gestores administrativos
  • Ciudadanos: en operaciones que exijan legalmente el uso de cambios oficiales

Ámbito territorial:

  • Todo el territorio nacional español

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Tipos de cambio establecidos (selección de principales divisas):

Divisa Tipo de cambio (1 EUR =)
Dólar estadounidense 1,1749 USD
Libra esterlina 0,86580 GBP
Yen japonés 187,06 JPY
Franco suizo 0,9210 CHF
Yuan chino 8,0165 CNY
Dólar canadiense 1,5979 CAD

Divisas incluidas:

  • Principales: USD, GBP, JPY, CHF, CNY, CAD, AUD
  • Europeas no euro: Corona checa, danesa y sueca; Zloty polaco; Forint húngaro; Leu rumano
  • Emergentes: Real brasileño, Peso mexicano, Rupia india, Won surcoreano
  • Otras: Lira turca, Shekel israelí, Rand sudafricano, Bath tailandés

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Fecha de entrada en vigor: 27 de abril de 2026
  • Vigencia: Hasta la publicación de los siguientes tipos de cambio oficiales
  • Aplicación: Inmediata para todas las operaciones que requieran tipos oficiales
  • Sin régimen transitorio: Los tipos son de aplicación directa

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para empresas:

  • Contabilidad: Utilizar estos tipos para valorar activos y pasivos en moneda extranjera
  • Declaraciones fiscales: Aplicar en conversiones de ingresos y gastos en divisa
  • Contratos: Referencia obligatoria cuando se pacte el uso de "cambio oficial del Banco de España"

Para profesionales:

  • Asesores fiscales: Actualizar sistemas con los nuevos tipos para declaraciones
  • Auditores: Verificar el uso correcto en estados financieros
  • Gestores: Aplicar en trámites administrativos que requieran conversión

Para administraciones:

  • Hacienda: Utilizar para liquidaciones tributarias de operaciones en divisa
  • Aduanas: Aplicar en valoraciones aduaneras cuando proceda
  • Organismos públicos: Referencia para subvenciones y contratos internacionales

Consideraciones importantes:

  • ⚠️ Obligatoriedad: Su uso es preceptivo cuando la normativa exija "cambio oficial"
  • 📅 Actualización: Los tipos cambian diariamente según publique el BCE
  • 🔍 Verificación: Comprobar siempre la fecha de los tipos utilizados
  • 📋 Documentación: Conservar justificante de los tipos aplicados para auditorías
Generado el 28/04/2026 05:54 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.