RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-8585
1. RESUMEN EJECUTIVO
El Banco de España publica los tipos de cambio oficiales del euro frente a 27 divisas internacionales correspondientes al 17 de abril de 2026, establecidos por el Banco Central Europeo. Estos tipos de cambio tienen carácter oficial conforme a la Ley 46/1998 sobre la Introducción del Euro y son de aplicación obligatoria para determinadas operaciones financieras, contables y fiscales. La resolución actualiza las cotizaciones de referencia que utilizan entidades financieras, empresas y administraciones públicas para sus operaciones en divisas.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula:
- Establece los tipos de cambio oficiales del euro frente a 27 divisas extranjeras
- Actualiza las cotizaciones de referencia publicadas por el Banco Central Europeo
A quién afecta:
- Entidades financieras (bancos, cajas, cooperativas de crédito)
- Empresas que realizan operaciones de comercio exterior
- Administraciones públicas para valoraciones oficiales
- Asesores fiscales y contables para conversiones obligatorias
- Particulares en operaciones que requieran tipos oficiales
Ámbito territorial:
- España (aplicación de la normativa nacional sobre tipos de cambio oficiales)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Tipos de cambio establecidos (1 euro =):
Divisas principales:
- 1,1797 dólares USA
- 0,87168 libras esterlinas
- 187,72 yenes japoneses
- 0,9231 francos suizos
Divisas europeas (no euro):
- 24,317 coronas checas
- 7,4734 coronas danesas
- 362,70 forints húngaros
- 4,2328 zlotys polacos
- 5,0989 nuevos leus rumanos
- 10,8030 coronas suecas
Otras divisas relevantes:
- 8,0483 yuanes renminbi chinos
- 1,6438 dólares australianos
- 1,6129 dólares canadienses
- 20,3144 pesos mexicanos
Marco normativo
- Aplicación del artículo 36 de la Ley 46/1998 sobre Introducción del Euro
- Tipos establecidos por el Banco Central Europeo
- Carácter oficial y obligatorio para determinadas operaciones
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Fecha de entrada en vigor:
- 17 de abril de 2026 (fecha de la resolución y de los cambios)
Vigencia:
- Hasta la publicación de los siguientes tipos de cambio oficiales
- Aplicación inmediata para operaciones que requieran tipos oficiales
Sin plazos de adaptación:
- Los tipos son de aplicación directa e inmediata
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para entidades financieras:
- Obligación de aplicar estos tipos en operaciones que requieran cotización oficial
- Actualización de sistemas de valoración y reporting
- Base para cálculo de provisiones y valoraciones en divisas
Para empresas:
- Referencia obligatoria para:
- Conversiones contables en cierres mensuales/anuales
- Operaciones de comercio exterior que requieran tipo oficial
- Cumplimiento de obligaciones fiscales en divisas
- Impacto en la valoración de activos y pasivos en moneda extranjera
Para asesores y gestores:
- Utilización en declaraciones fiscales que requieran conversión a euros
- Aplicación en valoraciones oficiales para herencias, donaciones
- Referencia para operaciones notariales en divisas
Para administraciones públicas:
- Base para valoraciones tributarias
- Referencia en contratación pública internacional
- Aplicación en subvenciones y ayudas con componente en divisas
⚠️ Nota importante: Estos tipos tienen carácter oficial y prevalecen sobre cotizaciones de mercado para operaciones que legalmente requieran el uso de tipos de cambio oficiales.