RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE
BOE-A-2026-8577 | Convenio servicios notariales telemáticos | 27 de marzo de 2026
1. RESUMEN EJECUTIVO
Se publica un convenio entre el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, el Consejo General del Notariado y la Agencia Notarial de Certificación para facilitar el acceso telemático del Gobierno a información estadística del índice único informatizado notarial. El acuerdo permitirá al Ministerio obtener datos anonimizados sobre operaciones inmobiliarias, hipotecarias y mercantiles para el análisis económico y diseño de políticas públicas. Esta colaboración institucional mejora la capacidad de seguimiento de la evolución económica española mediante el aprovechamiento de datos notariales.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula:
- Acceso telemático a información anonimizada del índice informatizado notarial
- Suministro periódico de datos estadísticos sobre operaciones notariales
- Colaboración entre administración pública y corporación notarial
A quién afecta:
- Ministerio de Economía, Comercio y Empresa: receptor de la información
- Consejo General del Notariado: titular del índice informatizado
- Agencia Notarial de Certificación: gestora técnica del servicio
- Indirectamente: investigadores económicos y analistas de políticas públicas
Ámbito territorial:
- Nacional (España)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Servicios incluidos:
- Acceso a datamart en Base de Datos Redshift (AWS Cloud) para operaciones inmobiliarias
- Información estadística sobre operaciones hipotecarias, mercantiles y financieras
- Datos de volumetría para estudios de evolución económica
Condiciones técnicas:
- Acceso en modo lectura exclusivamente
- Límite de 100 GB mensuales de descargas gratuitas
- Canal de comunicación seguro entre sistemas
Obligaciones principales:
- Ministerio: uso exclusivo para funciones públicas, medidas de seguridad, mención del CGN en publicaciones
- CGN/ANC: habilitación técnica, mantenimiento del servicio
- Todas las partes: confidencialidad, protección de datos, cooperación metodológica
Gobernanza:
- Comisión de Seguimiento con 2 representantes por parte
- Reuniones anuales y extraordinarias según necesidades
- Resolución de incidencias y adaptaciones técnicas
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Vigencia:
- Duración: 4 años desde la inscripción en REOICO
- Prórroga: posible por 4 años adicionales mediante adenda
- Eficacia: tras inscripción en Registro Electrónico estatal
Plazos relevantes:
- Resolución por incumplimiento: 10 días naturales para subsanar tras requerimiento
- Reuniones de seguimiento: anuales obligatorias
Sin régimen transitorio específico
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para el Ministerio de Economía:
- ✅ Mejora capacidad analítica con acceso directo a datos notariales en tiempo real
- ✅ Optimización de políticas económicas basadas en información actualizada del mercado
- ⚠️ Obligación de implementar medidas técnicas de seguridad y conexión
Para el sector notarial:
- ✅ Fortalecimiento de la colaboración público-privada
- ✅ Reconocimiento del valor de la información notarial para políticas públicas
- ⚠️ Responsabilidad técnica de mantener el servicio operativo
Para investigadores y analistas:
- ✅ Posible acceso controlado a datos para investigación (previa autorización)
- ✅ Mayor disponibilidad de estudios económicos basados en datos notariales
Consideraciones operativas:
- Sin coste económico para ninguna de las partes
- Cumplimiento RGPD obligatorio en tratamiento de datos
- Canal de comunicación ágil para resolución de incidencias técnicas
Relevancia estratégica:
Este convenio representa un avance significativo en la digitalización de la colaboración institucional y el aprovechamiento de big data notarial para el diseño de políticas económicas, estableciendo un modelo replicable para otras administraciones.