RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-8568
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Dirección General de Trabajo registra y publica el acuerdo de la Comisión mixta del III Convenio colectivo del grupo Marítima Davila, SA, que establece incrementos salariales retroactivos para 2025 y prospectivos para 2026. El acuerdo actualiza las tablas salariales aplicando un incremento del 1,9% para 2025 (por diferencia entre IPC real del 2,9% y el 1% inicialmente aplicado) y un 1% adicional para 2026. Esta disposición garantiza la actualización salarial conforme a la evolución del IPC y establece los nuevos salarios base para todos los grupos profesionales del convenio.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Objeto: Registro y publicación de incrementos salariales del III Convenio colectivo del grupo Marítima Davila, SA, y sociedades vinculadas
- Código de convenio: 90103163012018
- Normativa aplicable: Art. 90 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y RD 713/2010
A quién afecta
- Empresas: Marítima Davila, SA, y sociedades vinculadas del grupo
- Trabajadores: Personal representado por FeSMC-UGT en dichas empresas
- Sectores: Servicios marítimos y actividades vinculadas
Ámbito territorial
- Nacional: Aplicable en todo el territorio español donde operen las empresas del grupo
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Incrementos salariales 2025 (retroactivos)
- Base del incremento: Diferencia entre IPC real 2025 (2,9%) e incremento inicial aplicado (1%)
- Incremento resultante: 1,9% sobre salarios base 2025
- Nuevos salarios base anuales consolidados 2025:
- Grupo I (Dirección): 35.630,12 €
- Grupo II (Coordinadores/as): 31.404,56 €
- Grupo III (Técnicos/as y Oficiales): 22.484,60 €
- Grupo IV (Profesionales): 17.295,77 €
Incrementos salariales 2026 (prospectivos)
- Incremento: 1% a cuenta del IPC real 2026
- Nuevos salarios base anuales 2026:
- Grupo I (Dirección): 35.986,42 €
- Grupo II (Coordinadores/as): 31.718,61 €
- Grupo III (Técnicos/as y Oficiales): 22.709,45 €
- Grupo IV (Profesionales): 17.468,73 €
Otras actualizaciones
- Contratos formativos: Salario base anual 2026 de 17.094 € (equiparado al SMI)
- Salario base personal: Incremento del 1,9% para 2025 más 1% para 2026
- Cheque restaurante: Actualización del 1,5%, resultando 186,76 € para 2026
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Fechas relevantes
- Acuerdo de la Comisión mixta: 28 de enero de 2026
- Subsanación: 10 de marzo de 2026
- Resolución de registro: 8 de abril de 2026
- Publicación en BOE: Fecha de esta publicación
Plazos para cumplimiento
- Pago de atrasos 2025: Dentro de los dos meses siguientes a la aprobación y publicación de las tablas salariales por la Comisión mixta
- Aplicación salarios 2026: Con efectos desde 1 de enero de 2026
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para las empresas del grupo Marítima Davila
- Obligación inmediata: Aplicar los nuevos salarios base y abonar los atrasos correspondientes a 2025
- Gestión de nóminas: Actualizar sistemas de nómina con las nuevas tablas salariales
- Presupuestario: Provisionar el impacto económico de los incrementos salariales
Para los trabajadores
- Derecho a atrasos: Percepción de las diferencias salariales de 2025 en un plazo máximo de dos meses
- Incremento salarial: Aplicación automática de los nuevos salarios base desde enero 2026
- Compensaciones: Posible aplicación del mecanismo de compensación con "Mejora voluntaria" (art. 32 del convenio)
Para los representantes sindicales
- Seguimiento: Verificar el cumplimiento de los plazos de pago y aplicación de incrementos
- Negociación futura: Base para futuras revisiones salariales según evolución del IPC 2026
Consideraciones adicionales
- La actualización salarial está vinculada a la evolución del IPC, garantizando el mantenimiento del poder adquisitivo
- El mecanismo de compensación con "Mejora voluntaria" puede afectar al cálculo final en casos específicos
- Los incrementos son de aplicación obligatoria para todas las empresas incluidas en el ámbito del convenio