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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-8558 — 18 de abril de 2026

Resolución de 10 de abril de 2026, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se publica el Convenio con doña María Ángeles Gutiérrez Pérez, para la realización de visitas guiadas a los espacios gestionados por el Consorcio de la Ciudad de Toledo.

📅 18 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE HACIENDA 📄 6 páginas

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RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-8558

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica un convenio entre el Consorcio de la Ciudad de Toledo y una guía turística para la realización de visitas guiadas a espacios patrimoniales gestionados por el Consorcio. El acuerdo establece un modelo de colaboración público-privada que permite el acceso controlado a inmuebles históricos rehabilitados, mediante el pago de una contraprestación económica y el cumplimiento de obligaciones específicas de conservación y gestión.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula:

  • Convenio de colaboración para visitas guiadas a espacios patrimoniales del Consorcio de la Ciudad de Toledo
  • Establece derechos y obligaciones entre el ente público y la guía turística contratante

A quién afecta:

  • Directamente: Consorcio de la Ciudad de Toledo y Dª María Ángeles Gutiérrez Pérez (guía turística)
  • Indirectamente: Sector turístico de Toledo, otros guías turísticos, visitantes y turistas

Ámbito territorial:

  • Ciudad de Toledo y espacios patrimoniales específicos gestionados por el Consorcio

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Espacios incluidos en el convenio:

  • Con entrega de llaves: Termas Romanas, Pozo de El Salvador, Baños Árabes (Tenerías, El Cenizal, El Caballel), Casa del Judío
  • Sin entrega de llaves: Cuevas de Hércules, Iglesia de San Sebastián

Obligaciones económicas:

  • Pago único: 1.000 euros a ingresar en cuenta del Consorcio
  • Fianza: 150 euros por las llaves (reembolsable al finalizar el convenio)
  • Visitas especiales: 15 euros por visita a Cuevas de Hércules e Iglesia de San Sebastián

Compromisos de la guía:

  • Realizar visitas desde perspectiva patrimonial con acreditación visible
  • Informar semanalmente sobre visitas realizadas
  • Realizar hasta 3 visitas gratuitas anuales a requerimiento del Consorcio
  • Velar por la integridad de los espacios y el comportamiento de visitantes

Limitaciones operativas:

  • Horarios: Verano (10:00-20:00h), Invierno (10:00-19:00h)
  • Grupos máximos: 25 personas (Cuevas e Iglesia), 15 personas (Casa del Judío)
  • Casa del Judío: Última visita a las 22:00h con salida límite 22:30h

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia:

  • Inicio: Desde la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO)
  • Duración: 2 años
  • Prórroga: Posible por 2 años más mediante acuerdo expreso

Plazos relevantes:

  • Pago: 5 días naturales desde notificación del requerimiento tras publicación en BOE
  • Devolución llaves: 7 días naturales tras extinción del convenio
  • Solicitud prórroga: Al menos 1 mes antes de la finalización
  • Reservas especiales: 48 horas de antelación mínima

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el sector turístico:

  • Modelo replicable para otros guías que deseen acceder a espacios patrimoniales exclusivos
  • Profesionalización del sector mediante acreditación y control de calidad
  • Diversificación de la oferta turística toledana con espacios habitualmente cerrados

Para otros guías turísticos:

  • Oportunidad de solicitar convenios similares con el Consorcio
  • Requisitos claros para acceder a espacios patrimoniales gestionados públicamente
  • Inversión inicial de 1.150 euros (pago + fianza) para acceso a espacios exclusivos

Para el Consorcio:

  • Ingresos adicionales por cesión de espacios patrimoniales
  • Control y seguimiento mediante Comisión de Seguimiento
  • Preservación patrimonial con obligaciones específicas de cuidado

Consideraciones legales:

  • Convenio de naturaleza administrativa sujeto a la Ley 40/2015
  • Jurisdicción contencioso-administrativa para controversias
  • Autorización previa del Ministerio de Hacienda (obtenida el 17/05/2024)

⚠️ Nota importante: Este convenio establece un precedente para la gestión colaborativa del patrimonio histórico, equilibrando el acceso turístico con la conservación patrimonial mediante un sistema de contraprestaciones económicas y obligaciones de custodia.

Generado el 18/04/2026 05:49 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.