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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-8476 — 17 de abril de 2026

Resolución de 9 de abril de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre intercambio recíproco de información.

📅 17 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES 📄 2 páginas

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ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-8476

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica la prórroga por cuatro años adicionales del convenio de intercambio recíproco de información entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Canarias. La adenda extiende la vigencia del convenio original firmado en 2022 hasta 2030, manteniendo los mecanismos de colaboración administrativa entre ambas instituciones para el intercambio de datos relevantes en sus respectivos ámbitos competenciales.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Prórroga del convenio de intercambio recíproco de información entre TGSS y Canarias
  • Continuidad de los mecanismos de colaboración administrativa establecidos en 2022

A quién afecta

  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
  • Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Indirectamente: empresas y ciudadanos canarios en sus relaciones con ambas administraciones

Ámbito territorial

  • Comunidad Autónoma de Canarias exclusivamente

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Elementos clave de la adenda:

  • Prórroga unánime: Ambas partes acuerdan extender el convenio por 4 años adicionales
  • Convenio original: Firmado el 8 de abril de 2022, con vigencia inicial de 4 años
  • Satisfacción mutua: Las partes manifiestan que el convenio se ha desarrollado satisfactoriamente
  • Base jurídica: Cumplimiento del artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público

Firmantes:

  • Andrés Harto Martínez: Director General de la TGSS
  • Alfonso Cabello Mesa: Viceconsejero de Presidencia de Canarias

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Fechas relevantes:

  • Firma de la adenda: 7 de abril de 2026
  • Publicación BOE: 9 de abril de 2026
  • Vigencia extendida: Hasta abril de 2030 (4 años adicionales)

Requisitos de eficacia:

  • Inscripción en REOICO: Plazo de 5 días hábiles desde la formalización
  • Publicación en BOE: Cumplida con esta resolución
  • 🔄 Pendiente: Publicación en BOC e inscripción en REGECON (Canarias)

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las administraciones:

  • Continuidad garantizada en el intercambio de información hasta 2030
  • Mantenimiento de los canales de colaboración administrativa establecidos
  • Cumplimiento de las obligaciones de transparencia y publicidad

Para empresas y ciudadanos canarios:

  • Estabilidad en los procedimientos administrativos que requieren intercambio de datos
  • Continuidad en la agilización de trámites que involucren ambas administraciones
  • Transparencia en las relaciones interadministrativas que les afecten

Consideraciones operativas:

  • No se requieren nuevas adaptaciones por parte de los administrados
  • Los procedimientos vigentes continúan sin modificaciones
  • La prórroga asegura la continuidad del servicio sin interrupciones

📌 Nota importante: Esta adenda es de naturaleza procedimental y no introduce cambios sustantivos en los derechos u obligaciones de empresas y ciudadanos, sino que garantiza la continuidad de los mecanismos de colaboración administrativa ya establecidos.

Generado el 17/04/2026 05:56 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.