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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-8349 — 15 de abril de 2026

Resolución de 20 de marzo de 2026, de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, por la que se publica el Convenio entre la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y la Universidad Politécnica de Madrid, para la creación del Aula Universidad Empresa Sasemar en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales.

📅 15 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 📄 6 páginas

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RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-8349

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica el convenio suscrito entre la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR) y la Universidad Politécnica de Madrid para crear el "Aula Universidad Empresa SASEMAR" en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales. El acuerdo establece un marco de colaboración académico-empresarial con una duración de 24 meses (prorrogable hasta 3 años) y una financiación anual de 15.500 euros. Su objetivo es fomentar la formación, investigación y transferencia de conocimiento en el ámbito marítimo y de salvamento.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué establece:

  • Creación del Aula SASEMAR: Un espacio de colaboración universidad-empresa para actividades de docencia, investigación y transferencia tecnológica
  • Marco jurídico: Convenio administrativo regido por la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público

A quién afecta:

  • Estudiantes de Ingeniería Naval de la UPM (acceso a becas de prácticas y formación especializada)
  • Profesores e investigadores de la ETSI Navales
  • Profesionales del sector marítimo y salvamento
  • SASEMAR como entidad pública empresarial del sector marítimo

Ámbito territorial:

  • Comunidad de Madrid (sede del aula en la ETSI Navales de la UPM)
  • Ámbito nacional (actividades de SASEMAR en aguas españolas)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura organizativa:

  • Director del Aula: Profesor de la UPM con perfil técnico-científico reconocido
  • Comisión de Seguimiento: 4 miembros (2 por cada institución) para supervisión y control
  • Gestión administrativa: A cargo de la Oficina de Transferencia de Tecnología (OTT) de la UPM

Actividades principales:

Por parte de SASEMAR:

  • Financiación anual de 10.000 euros (pagos semestrales)
  • Oferta mínima de 1 beca de prácticas anual
  • Acceso a instalaciones y medios para formación práctica
  • Participación en definición de contenidos técnicos

Por parte de la UPM:

  • Coordinación de actividades docentes e investigadoras
  • Selección de estudiantes beneficiarios
  • Espacio en sala de co-working en ETSI Navales
  • Aportación valorada en 5.500 euros anuales

Actividades conjuntas:

  • Organización de conferencias, seminarios y jornadas técnicas
  • Promoción de proyectos fin de grado y máster
  • Publicaciones y materiales de divulgación científico-técnica
  • Cooperación educativa y asesoramiento mutuo

Aspectos económicos y jurídicos:

  • Propiedad intelectual: Los derechos corresponden a la UPM
  • Naturaleza jurídica: Convenio administrativo
  • Jurisdicción: Contencioso-administrativa

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Fechas clave:

  • Suscripción del convenio: 18 de marzo de 2026
  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
  • Constitución de la Comisión de Seguimiento: 30 días desde la entrada en vigor

Duración:

  • Vigencia inicial: 24 meses
  • Prórrogas: Períodos de 12 meses hasta máximo 3 años
  • Memoria anual: Entrega durante el primer semestre del año siguiente

Plazos operativos:

  • Designación de representantes: 1 mes desde la firma
  • Reuniones de seguimiento: Mínimo 1 anual
  • Denuncia: Con 3 meses de antelación

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para estudiantes de Ingeniería Naval:

  • Oportunidades de prácticas en SASEMAR con financiación garantizada
  • Acceso a formación especializada en salvamento y seguridad marítima
  • Proyectos fin de carrera vinculados al sector marítimo público

Para la comunidad académica:

  • Nuevo espacio de investigación en tecnologías marítimas y salvamento
  • Colaboración directa con una entidad pública de referencia en el sector
  • Publicaciones y transferencia de conocimiento especializado

Para el sector marítimo:

  • Formación de profesionales especializados en salvamento marítimo
  • Desarrollo tecnológico aplicado a la seguridad en el mar
  • Puente universidad-empresa para innovación en el sector

Para SASEMAR:

  • Cantera de talento especializado para futuras incorporaciones
  • Acceso a investigación universitaria para mejora de sus servicios
  • Visibilidad institucional en el ámbito académico

Consideraciones administrativas:

  • Las entidades deben cumplir con los procedimientos de la normativa de convenios del sector público
  • La gestión económica requiere coordinación entre ambas instituciones
  • Los resultados de investigación quedan bajo titularidad de la UPM, lo que puede generar oportunidades de licenciamiento o transferencia tecnológica
Generado el 15/04/2026 05:51 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.