ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-7891
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica un convenio específico entre la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) y el IES Islas Filipinas de Madrid para que estudiantes de formación profesional de grados D y E realicen prácticas formativas en las instalaciones de la FNMT-RCM. Se trata de la aplicación práctica de un modelo de convenio normalizado previamente autorizado por el Ministerio de Hacienda para facilitar la formación dual en el sector público. El convenio establece el marco jurídico para que los alumnos completen su formación práctica en un entorno laboral real, cumpliendo con las exigencias del nuevo sistema de formación profesional.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Objeto principal: Convenio de colaboración para la realización de la fase de formación en empresa de estudiantes de FP
- Marco normativo: Desarrollo del Real Decreto 659/2023 sobre ordenación del Sistema de Formación Profesional
- Naturaleza: Convenio administrativo con finalidad exclusivamente formativa (no laboral)
A quién afecta
- Estudiantes: Alumnos de grados D y E de formación profesional del IES Islas Filipinas
- Centros educativos: IES Islas Filipinas y otros centros que se adhieran al modelo
- Entidades colaboradoras: FNMT-RCM como organismo receptor de prácticas
- Administraciones: Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y Ministerio de Hacienda
Ámbito territorial
- Comunidad de Madrid (centro educativo)
- Instalaciones de FNMT-RCM en Madrid (calle Jorge Juan, 106)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Características de la formación práctica
- Duración: Según normativa (arts. 88, 106 y 119 del RD 659/2023)
- Horario: Entre 7:00 y 22:00 horas, máximo 8 horas/día
- Modalidad: Presencial y posible teletrabajo si la empresa lo permite
- Requisitos: Mínimo 16 años y formación en prevención de riesgos laborales
Obligaciones de la FNMT-RCM
- Facilitar acceso al tutor del centro educativo
- Cumplir la programación formativa acordada
- Supervisar el progreso del estudiante
- Proporcionar equipos de protección necesarios
- Informar a la representación de trabajadores
Obligaciones del centro educativo
- Elaborar criterios objetivos de selección de estudiantes
- Desarrollar el plan de formación conjunto
- Realizar seguimiento y evaluación
- Formar a estudiantes en prevención de riesgos
- Gestionar la documentación requerida
Aspectos económicos y de seguridad social
- Sin contraprestación económica entre las partes
- Seguridad Social: A cargo de la Consejería de Educación de Madrid
- Seguro de responsabilidad civil: Cubierto por la administración educativa
- Naturaleza formativa: No constituye relación laboral
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Vigencia del convenio
- Fecha de firma: 24 de marzo de 2026
- Inscripción REOICO: 25 de marzo de 2026
- Vigencia: 4 años desde la inscripción en REOICO
- Prórroga: Posible por otros 4 años con acuerdo unánime
Plazos relevantes
- Comunicación de rescisión: 3 meses de antelación
- Reuniones de seguimiento: Mínimo 10 días hábiles de antelación
- Calendario académico: Según aprobación anual de la Consejería
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para centros educativos de FP
- Modelo replicable: Pueden adherirse otros centros al convenio normalizado
- Obligaciones de gestión: Deben establecer criterios transparentes de selección
- Responsabilidad tutorial: Seguimiento conjunto con la empresa
- Documentación: Cumplir modelos oficiales de la Comunidad de Madrid
Para estudiantes
- Oportunidad formativa: Acceso a prácticas en organismo público de prestigio
- Requisitos de acceso: Rendimiento académico, competencias personales y asistencia
- Obligaciones: Confidencialidad, cumplimiento de normas internas, identificación
- Protección: Cobertura de seguridad social y responsabilidad civil
Para empresas y organismos públicos
- Marco jurídico claro: Modelo normalizado para convenios de prácticas
- Procedimiento simplificado: Inscripción en REOICO y publicación en BOE
- Responsabilidades definidas: Prevención de riesgos, tutorización, confidencialidad
- Flexibilidad: Posibilidad de modalidad presencial y teletrabajo
Para la Administración
- Eficiencia administrativa: Modelo normalizado reduce trámites
- Control de calidad: Comisión mixta de seguimiento
- Cumplimiento normativo: Protección de datos, prevención de riesgos, protección del menor
- Transparencia: Publicación obligatoria en BOE de cada convenio específico