RESUMEN EJECUTIVO - LEY 1/2026 DE MODIFICACIÓN DEL PARQUE REGIONAL DE SIERRA ESPUÑA
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Ley 1/2026 modifica los límites del Parque Regional de Sierra Espuña para excluir del espacio protegido la zona del Santuario de Santa Eulalia y un tramo de 2,66 km de la carretera RM-502, con el objetivo de preservar las tradiciones religiosas centenarias del municipio de Totana. La modificación afecta únicamente al 0,3% de la superficie total del parque (54,3 hectáreas) y responde a la solicitud unánime del Ayuntamiento de Totana para facilitar las romerías históricas de Santa Eulalia que se celebran desde el siglo XVII.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Modifica: La Ley 6/1995, de 21 de abril, que establecía los límites actuales del Parque Regional de Sierra Espuña
- Establece: Nuevos límites del parque excluyendo zonas específicas relacionadas con el patrimonio religioso-cultural de Totana
A quién afecta
- Ayuntamiento de Totana: Mayor flexibilidad para organizar eventos tradicionales
- Devotos y peregrinos: Facilita el acceso y celebración de romerías
- Administración autonómica: Gestión del espacio natural protegido
- Sectores turístico y cultural: Potencial desarrollo de turismo religioso
Ámbito territorial
- Región de Murcia, específicamente el Parque Regional de Sierra Espuña
- Municipio de Totana: zona del Santuario de Santa Eulalia y carretera RM-502
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Zonas excluidas del Parque Regional
Zona 1: Entorno del Santuario de Santa Eulalia (41 hectáreas)
- Recinto Corazón de Jesús y el Mirador
- Santuario, Virgen Blanca, Convento de las Monjas
- Grifo de las Monjas
- Delimitada por 27 puntos de coordenadas específicas
Zona 2: Carretera RM-502 (13,3 hectáreas)
- Tramo de 2,66 km que transcurre por el parque
- Zona de afección de 30 metros a cada margen de la carretera
- Facilita el tránsito de las procesiones y romerías
Justificación histórico-cultural
- Romerías centenarias: Tradición desde el siglo XVII (bajada el 8 de diciembre, subida el 7 de enero)
- Patrimonio inmaterial: Fiestas Patronales en Honor a Santa Eulalia de Mérida, Patrona desde 1644
- Sendero del Peregrino: Proyecto municipal en ejecución para mejorar la seguridad
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Fecha de entrada en vigor
- 8 de marzo de 2026: Al día siguiente de su publicación en el BORM (7 de marzo de 2026)
Sin plazos específicos
- No establece períodos de adaptación ni régimen transitorio
- Aplicación inmediata de los nuevos límites del parque
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para el Ayuntamiento de Totana
- Mayor autonomía para organizar eventos religiosos y culturales en las zonas excluidas
- Reducción de trámites administrativos para actividades en el Santuario y carretera RM-502
- Facilita el mantenimiento y mejora del Sendero del Peregrino
Para devotos y visitantes
- Acceso mejorado al Santuario sin restricciones de espacio protegido
- Mayor comodidad para celebrar las romerías tradicionales
- Desarrollo potencial de infraestructuras turístico-religiosas
Para la gestión ambiental
- Superficie mínima afectada: Solo 0,3% del parque total
- Mantenimiento de la protección en el 99,7% restante del espacio natural
- Equilibrio entre conservación ambiental y preservación cultural
Consideraciones legales
- La modificación requiere actualización de la cartografía oficial del parque
- Los planes de gestión y ordenación deberán adaptarse a los nuevos límites
- Las actividades en las zonas excluidas quedarán sujetas a la normativa urbanística y sectorial general, no a la específica de espacios protegidos