← Volver al listado del 3 de abril
Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-7629 – 3 de abril de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Plantas fotovoltaicas "FV La Puebla 3", de 150 MW de potencia instalada, y "FV La Puebla 4", de 59 MW de potencia instalada, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Huelva».

📅 3 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 📄 22 páginas

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen

ANÁLISIS DE DISPOSICIÓN BOE-A-2026-7629

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental formula declaración de impacto ambiental favorable condicionada para dos plantas fotovoltaicas en Huelva ("FV La Puebla 3" de 150 MW y "FV La Puebla 4" de 59 MW) junto con sus infraestructuras de evacuación. Esta resolución autoriza ambientalmente el proyecto tras un exhaustivo procedimiento de evaluación que incluye consultas públicas y análisis de impactos sobre fauna protegida, espacios naturales y patrimonio cultural.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Declaración de impacto ambiental del proyecto de plantas fotovoltaicas y líneas de evacuación
  • Establece condiciones ambientales vinculantes para la ejecución del proyecto
  • Define medidas preventivas, correctoras y compensatorias obligatorias

A quién afecta

  • Promotor: Jinko Greenfield Spain 1, SL
  • Órgano sustantivo: Dirección General de Política Energética y Minas (MITECO)
  • Administraciones locales: Ayuntamientos de Alosno, Tharsis, El Cerro del Andévalo y Puebla de Guzmán
  • Sectores: Energético renovable, agrícola, ganadero y turístico de la zona

Ámbito territorial

  • Provincia de Huelva (Andalucía)
  • Términos municipales de Alosno, Tharsis, El Cerro del Andévalo y Puebla de Guzmán
  • Superficie total vallada: 590,93 hectáreas

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Características del proyecto autorizado

  • Planta La Puebla 3: 150 MW, 433,87 ha valladas, 306.544 módulos fotovoltaicos
  • Planta La Puebla 4: 59 MW, 157,06 ha valladas, 112.840 módulos fotovoltaicos
  • Línea de evacuación aérea: 14,69 km a 220 kV con 7 apoyos metálicos
  • Red subterránea: 56,27 km de líneas de media tensión (30 kV)

Principales condicionantes ambientales

  • Protección de fauna amenazada: Medidas específicas para águila imperial, cigüeña negra, milano real y aves esteparias
  • Dispositivos anticolisión: Instalación obligatoria en toda la línea aérea (2.938 dispositivos)
  • Vallado permeable: Diseño que permita el paso de fauna de mediano y pequeño tamaño
  • Períodos de exclusión: Obras prohibidas del 1 de marzo al 31 de julio (época reproductiva)
  • Compensación de hábitat estepario: 173,46 ha mediante acuerdos de custodia o arrendamiento

Medidas de protección específicas

  • Hidrología: Protección de cauces, instalación de pasos de fauna en vallados
  • Flora protegida: Prospecciones previas y señalización de especies amenazadas
  • Paisaje: Pantallas vegetales perimetrales con especies autóctonas
  • Patrimonio: Control arqueológico durante movimientos de tierra

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Entrada en vigor: Inmediata tras publicación (17 de marzo de 2026)
  • Validez de la DIA: Vinculante para el órgano sustantivo y el promotor

Plazos críticos

  • Inicio de obras: Debe comunicarse previamente a la Dirección General
  • Seguimiento ambiental: Informes anuales durante construcción y explotación
  • Medidas compensatorias: Implementación antes del inicio de la fase de explotación

Condiciones de caducidad

  • La DIA perderá vigencia si no se inicia el proyecto en los plazos establecidos por la normativa sectorial

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el promotor (Jinko Greenfield Spain 1, SL)

  • Obligatorio cumplir todas las medidas del condicionado bajo pena de paralización
  • Contratar asistencia técnica ambiental especializada durante toda la ejecución
  • Presupuestar medidas adicionales: Compensaciones, dispositivos anticolisión, seguimiento
  • Coordinar con administraciones: Obtener autorizaciones sectoriales pendientes

Para administraciones públicas

  • Junta de Andalucía: Supervisión del cumplimiento de condiciones específicas
  • Ayuntamientos: Coordinación en licencias urbanísticas y medidas compensatorias locales
  • Organismos de cuenca: Autorización de cruces de cauces

Para el sector y territorio

  • Impulso a energías renovables: Contribución a objetivos de descarbonización
  • Transformación del territorio: Cambio de uso de 590 ha de suelo agrícola y forestal
  • Oportunidades económicas: Empleo durante construcción y mantenimiento
  • Afección a actividades tradicionales: Limitaciones para ganadería y agricultura en la zona

Aspectos clave de cumplimiento

  • Seguimiento ambiental obligatorio con informes técnicos especializados
  • Coordinación interadministrativa esencial para evitar conflictos competenciales
  • Medidas compensatorias como requisito previo al inicio de explotación
  • Adaptación del proyecto a condiciones ambientales sobrevenidas si fuera necesario
Generado el 03/04/2026 07:57 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.