ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-7618
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica el convenio suscrito entre el Consejo Superior de Deportes (CSD) y la Universidad Carlos III de Madrid para regular las prácticas académicas externas de estudiantes universitarios. El acuerdo establece un marco de cooperación educativa que permite a estudiantes de grado y postgrado realizar prácticas formativas en las dependencias del CSD, incorporando las nuevas obligaciones de Seguridad Social derivadas del Real Decreto-ley 2/2023.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Programa de Cooperación Educativa entre el CSD y la UC3M para prácticas académicas externas
- Realización de trabajos fin de grado (TFG) y trabajos fin de máster (TFM)
- Modalidades: prácticas curriculares (integradas en el plan de estudios) y extracurriculares (voluntarias)
A quién afecta
- Estudiantes de cualquier titulación de grado o máster de la UC3M
- Universidad Carlos III de Madrid (tutores académicos, órganos de gestión)
- Consejo Superior de Deportes (tutores de prácticas, personal responsable)
Ámbito territorial
- Comunidad de Madrid (sede principal de ambas instituciones)
- Aplicable a prácticas relacionadas con las competencias del CSD en materia deportiva
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Características de las prácticas
- Duración máxima: 900 horas efectivas para prácticas extracurriculares
- Horarios: Compatibles con la actividad académica del estudiante
- Carácter formativo: No generan relación laboral ni derechos de antigüedad
Obligaciones principales
Universidad Carlos III:
- Designar tutor académico para cada estudiante
- Asumir las obligaciones de Seguridad Social de los estudiantes (novedad desde 2024)
- Proporcionar seguro de responsabilidad civil y accidentes
Consejo Superior de Deportes:
- Nombrar tutor de prácticas responsable de la formación
- Facilitar realización de exámenes a los estudiantes
- Emitir certificado final con valoración del aprovechamiento
- Garantizar medidas de seguridad e higiene en el centro
Régimen de Seguridad Social
- Cambio significativo: A partir del 1 de enero de 2024, la UC3M asume las obligaciones de Seguridad Social
- Aplicación del Real Decreto-ley 2/2023 sobre inclusión de estudiantes en prácticas en el sistema de Seguridad Social
- Las prácticas no son remuneradas
Protección de datos
- Cumplimiento del RGPD y Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos
- El CSD actúa como responsable del tratamiento de datos de estudiantes
- Obligación de confidencialidad para los estudiantes
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Vigencia del convenio
- Duración: Máximo 4 años desde la inscripción en el REOICO
- Prórroga posible: Hasta 4 años adicionales
- Efectos: Desde la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
Plazos operativos
- Definición de plazas: Con suficiente antelación al inicio de cada curso académico
- Resolución por incumplimiento: 30 días naturales para subsanar tras requerimiento
- Denuncia del convenio: 1 mes de antelación por escrito
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para estudiantes de la UC3M
- Oportunidad formativa en el ámbito deportivo público
- Sin remuneración pero con cobertura de Seguridad Social
- Obligación de mantener confidencialidad sobre información accedida
- Posibilidad de realizar TFG/TFM en colaboración con el CSD
Para la Universidad Carlos III
- Nueva carga financiera: Asumir cotizaciones de Seguridad Social desde 2024
- Necesidad de coordinación administrativa para gestión de prácticas
- Responsabilidad en seguros y tutorización académica
Para el Consejo Superior de Deportes
- Compromiso de recursos humanos para tutorización
- Obligación de formación y seguimiento de estudiantes
- Potencial cantera de talento para el sector deportivo público
Consideraciones generales
- Transparencia: El convenio está sujeto a las leyes de transparencia y puede ser objeto de publicación
- Resolución de conflictos: Jurisdicción contencioso-administrativa para controversias no resueltas
- Comisión de seguimiento: Órgano colegiado para supervisión y resolución de incidencias