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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-6616 – 21 de marzo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución 420/38155/2026, de 16 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Comunidad de Madrid y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», para la realización de la fase de formación en empresa u organismo equiparado de los alumnos de los grados D y E de Formación Profesional.

📅 21 de marzo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE DEFENSA 📄 12 páginas

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Resumen

RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica el convenio suscrito entre la Comunidad de Madrid y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA) para facilitar la formación práctica en empresa de estudiantes de Formación Profesional de grados D y E. El acuerdo establece el marco jurídico para que alumnos de centros públicos madrileños puedan realizar sus prácticas formativas obligatorias en las instalaciones del INTA. Se trata de un convenio de colaboración educativa que no implica contraprestación económica entre las partes y tiene una duración de cuatro años.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula:

  • Marco de colaboración para la fase de formación práctica en empresa de estudiantes de FP
  • Condiciones, derechos y obligaciones de las partes en el desarrollo de estas prácticas
  • Procedimientos de selección, seguimiento y evaluación de los alumnos

A quién afecta:

  • Estudiantes: Alumnos de grados D y E de Formación Profesional de centros públicos de Madrid
  • Centros educativos: Institutos públicos de FP de la Comunidad de Madrid
  • INTA: Como organismo receptor de estudiantes en prácticas
  • Tutores: Tanto del centro educativo como del INTA

Ámbito territorial:

  • Comunidad de Madrid (centros educativos)
  • Instalaciones del INTA en Torrejón de Ardoz y otros centros de trabajo del organismo

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Finalidades de la formación práctica:

  • Completar la adquisición de competencias profesionales
  • Conocer el entorno laboral real del sector aeroespacial
  • Desarrollar identidad profesional y habilidades de empleabilidad
  • Facilitar experiencia de inserción laboral

Condiciones de desarrollo:

  • Duración: Según normativa de FP (artículos 88, 106 y 119 del RD 659/2023)
  • Horario: Entre 7:00 y 22:00 horas, máximo 8 horas/día
  • Requisitos: Mínimo 16 años y formación en prevención de riesgos laborales
  • Modalidad: Presencial en INTA o teletrabajo si procede

Compromisos principales:

Del INTA:

  • Garantizar acceso a tutores del centro educativo
  • Cumplir programación formativa acordada
  • Proporcionar equipos de protección necesarios
  • Informar a representación de trabajadores

De los centros educativos:

  • Elaborar criterios objetivos de selección de alumnos
  • Realizar seguimiento y evaluación
  • Proporcionar asesoría al INTA
  • Gestionar documentación oficial

Aspectos económicos y de seguridad:

  • Sin contraprestación económica entre las partes
  • Seguridad Social: A cargo de la Consejería de Educación
  • Seguros: Responsabilidad civil cubierta por la administración educativa
  • Prevención de riesgos: Cumplimiento conjunto de normativa aplicable

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Entrada en vigor:

  • Perfeccionamiento: Desde la firma (11 de marzo de 2026)
  • Eficacia: Desde inscripción en REOICO (dentro de 5 días hábiles)
  • Publicación BOE: Dentro de 10 días hábiles desde formalización

Vigencia:

  • Duración inicial: 4 años desde inscripción en REOICO
  • Prórroga posible: Otros 4 años mediante acuerdo unánime antes del vencimiento

Plazos relevantes:

  • Comunicación de alumnos según calendario escolar anual
  • Requerimiento de 10 días hábiles para reuniones de la comisión de seguimiento
  • Denuncia del convenio con 3 meses de antelación

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para estudiantes de FP:

  • Oportunidad: Acceso a prácticas en organismo público de prestigio en sector aeroespacial
  • Requisitos: Cumplir criterios de selección (rendimiento académico, competencias personales)
  • Obligaciones: Cumplir horarios, normas internas del INTA y confidencialidad
  • Beneficios: Experiencia real en entorno tecnológico avanzado

Para centros educativos:

  • Gestión: Establecer criterios transparentes de selección de alumnos
  • Coordinación: Designar tutores y mantener comunicación fluida con INTA
  • Documentación: Cumplir con modelos oficiales de seguimiento y evaluación
  • Responsabilidad: Cobertura de seguros y gestión de Seguridad Social

Para el INTA:

  • Colaboración social: Contribución a la formación de futuros profesionales
  • Recursos: Designación de tutores y adaptación de espacios formativos
  • Flexibilidad: Posibilidad de suspender por necesidades de Defensa Nacional
  • Sin coste: No implica gastos adicionales significativos

Consideraciones generales:

  • Confidencialidad: Obligación estricta de mantener secreto sobre información del INTA
  • Protección de datos: Cumplimiento riguroso del RGPD y normativa nacional
  • Menores: Protección especial según Ley Orgánica 8/2021
  • Seguimiento: Comisión mixta paritaria para resolver incidencias

Este convenio representa una oportunidad estratégica para la formación práctica de estudiantes de FP en un sector tecnológico de alta especialización, estableciendo un modelo de colaboración público-público que puede servir de referencia para otros organismos.

Generado el 21/03/2026 06:48 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.