RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-6454
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica diez convenios suscritos entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y diversas empresas y organismos para facilitar estancias formativas del alumnado del Instituto de Educación Secundaria Almina de Ceuta. Los convenios establecen el marco jurídico para que estudiantes de Formación Profesional realicen prácticas en empresas sin relación laboral, con cobertura de Seguridad Social a cargo del Ministerio. Se trata de una medida que fortalece la formación dual y la inserción laboral del alumnado ceutí.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Objeto principal: Desarrollo de estancias formativas para alumnado de Formación Profesional (grados básico, medio y superior)
- Marco normativo: Cumplimiento del artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público
- Base legal: Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional y Real Decreto 659/2023
A quién afecta
- Estudiantes: Alumnado del IES Almina matriculado en ciclos de FP
- Empresas colaboradoras: 10 entidades de diversos sectores (farmacia, servicios sociosanitarios, ayuntamientos, asociaciones, etc.)
- Centro educativo: Instituto de Educación Secundaria Almina de Ceuta
- Administración: Ministerio de Educación, FP y Deportes
Ámbito territorial
- Principal: Ciudad Autónoma de Ceuta
- Extensión: Algunas empresas colaboradoras ubicadas en Andalucía (Conil de la Frontera, Jerez, Sevilla)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Estructura de los convenios
- Duración: Hasta el 31 de agosto siguiente a su inscripción en el REOICO
- Naturaleza: Sin relación laboral entre estudiantes y empresas
- Tutorización dual: Tutores tanto del centro educativo como de la empresa
Obligaciones principales
- Empresas: Facilitar formación, cumplir normativa de prevención de riesgos, designar tutores cualificados
- Estudiantes: Cumplir horarios, respetar normas de la empresa, mantener confidencialidad
- Centro educativo: Coordinación, seguimiento y evaluación del proceso formativo
Aspectos económicos
- Principio general: Sin obligaciones económicas entre las partes
- Excepción: Ministerio asume costes de Seguridad Social del alumnado
- Presupuesto estimado: Máximo 150.000€ por Dirección Provincial
Cobertura de riesgos
- Seguro Escolar: Cobertura principal según Decreto 2078/1971
- Seguros adicionales: Posibilidad de pólizas complementarias del Ministerio
- Alumnado mayor de 28 años: Cobertura directa por el Ministerio
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Fechas de suscripción
- Primer convenio: 1 de diciembre de 2025 (Farmacia Amores)
- Último convenio: 26 de febrero de 2026 (Aubensa, SA)
- Publicación: 16 de marzo de 2026
Vigencia
- Eficacia: Tras inscripción en el REOICO y publicación en BOE
- Duración: Hasta el 31 de agosto siguiente a la inscripción
- Modificaciones: Posibles mediante adenda antes del vencimiento
Plazos operativos
- Comunicación de alumnado: Antes del inicio de cada estancia formativa
- Planes de formación: Acordados entre tutores duales antes del inicio
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para centros educativos
- Oportunidad: Ampliar la oferta formativa práctica del alumnado
- Responsabilidades: Designar tutores duales, realizar seguimiento, gestionar documentación
- Coordinación: Establecer Comisiones de Seguimiento con las empresas
Para empresas colaboradoras
- Beneficios: Acceso a talento joven, contribución a la formación sectorial
- Obligaciones: Designar tutores cualificados, cumplir normativa laboral y de protección de datos
- Compromiso: Facilitar instalaciones y supervisión sin coste económico
Para estudiantes
- Ventajas: Experiencia práctica real, mejora de empleabilidad, cobertura de Seguridad Social
- Requisitos: Cumplir normas empresariales, mantener confidencialidad, autorización parental si son menores
- Garantías: Sin relación laboral, compatibilidad con horarios lectivos
Para el sector educativo
- Modelo: Ejemplo de colaboración público-privada en formación dual
- Extensión: Posible replicación en otras ciudades autónomas y provincias
- Calidad: Fortalecimiento del Sistema de Formación Profesional mediante prácticas reales
Nota importante: Los convenios requieren cumplimiento estricto del RGPD y normativa de protección de datos, siendo especialmente relevante para empresas que manejen información sensible (sanitaria, servicios sociales, etc.).