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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-6454 – 19 de marzo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 16 de marzo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publican Convenios para el desarrollo de estancias formativas del Instituto de Educación Secundaria Almina de Ceuta.

📅 19 de marzo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES 📄 85 páginas

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Resumen

RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-6454

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica diez convenios suscritos entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y diversas empresas y organismos para facilitar estancias formativas del alumnado del Instituto de Educación Secundaria Almina de Ceuta. Los convenios establecen el marco jurídico para que estudiantes de Formación Profesional realicen prácticas en empresas sin relación laboral, con cobertura de Seguridad Social a cargo del Ministerio. Se trata de una medida que fortalece la formación dual y la inserción laboral del alumnado ceutí.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Objeto principal: Desarrollo de estancias formativas para alumnado de Formación Profesional (grados básico, medio y superior)
  • Marco normativo: Cumplimiento del artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Base legal: Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional y Real Decreto 659/2023

A quién afecta

  • Estudiantes: Alumnado del IES Almina matriculado en ciclos de FP
  • Empresas colaboradoras: 10 entidades de diversos sectores (farmacia, servicios sociosanitarios, ayuntamientos, asociaciones, etc.)
  • Centro educativo: Instituto de Educación Secundaria Almina de Ceuta
  • Administración: Ministerio de Educación, FP y Deportes

Ámbito territorial

  • Principal: Ciudad Autónoma de Ceuta
  • Extensión: Algunas empresas colaboradoras ubicadas en Andalucía (Conil de la Frontera, Jerez, Sevilla)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura de los convenios

  • Duración: Hasta el 31 de agosto siguiente a su inscripción en el REOICO
  • Naturaleza: Sin relación laboral entre estudiantes y empresas
  • Tutorización dual: Tutores tanto del centro educativo como de la empresa

Obligaciones principales

  • Empresas: Facilitar formación, cumplir normativa de prevención de riesgos, designar tutores cualificados
  • Estudiantes: Cumplir horarios, respetar normas de la empresa, mantener confidencialidad
  • Centro educativo: Coordinación, seguimiento y evaluación del proceso formativo

Aspectos económicos

  • Principio general: Sin obligaciones económicas entre las partes
  • Excepción: Ministerio asume costes de Seguridad Social del alumnado
  • Presupuesto estimado: Máximo 150.000€ por Dirección Provincial

Cobertura de riesgos

  • Seguro Escolar: Cobertura principal según Decreto 2078/1971
  • Seguros adicionales: Posibilidad de pólizas complementarias del Ministerio
  • Alumnado mayor de 28 años: Cobertura directa por el Ministerio

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Fechas de suscripción

  • Primer convenio: 1 de diciembre de 2025 (Farmacia Amores)
  • Último convenio: 26 de febrero de 2026 (Aubensa, SA)
  • Publicación: 16 de marzo de 2026

Vigencia

  • Eficacia: Tras inscripción en el REOICO y publicación en BOE
  • Duración: Hasta el 31 de agosto siguiente a la inscripción
  • Modificaciones: Posibles mediante adenda antes del vencimiento

Plazos operativos

  • Comunicación de alumnado: Antes del inicio de cada estancia formativa
  • Planes de formación: Acordados entre tutores duales antes del inicio

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para centros educativos

  • Oportunidad: Ampliar la oferta formativa práctica del alumnado
  • Responsabilidades: Designar tutores duales, realizar seguimiento, gestionar documentación
  • Coordinación: Establecer Comisiones de Seguimiento con las empresas

Para empresas colaboradoras

  • Beneficios: Acceso a talento joven, contribución a la formación sectorial
  • Obligaciones: Designar tutores cualificados, cumplir normativa laboral y de protección de datos
  • Compromiso: Facilitar instalaciones y supervisión sin coste económico

Para estudiantes

  • Ventajas: Experiencia práctica real, mejora de empleabilidad, cobertura de Seguridad Social
  • Requisitos: Cumplir normas empresariales, mantener confidencialidad, autorización parental si son menores
  • Garantías: Sin relación laboral, compatibilidad con horarios lectivos

Para el sector educativo

  • Modelo: Ejemplo de colaboración público-privada en formación dual
  • Extensión: Posible replicación en otras ciudades autónomas y provincias
  • Calidad: Fortalecimiento del Sistema de Formación Profesional mediante prácticas reales

Nota importante: Los convenios requieren cumplimiento estricto del RGPD y normativa de protección de datos, siendo especialmente relevante para empresas que manejen información sensible (sanitaria, servicios sociales, etc.).

Generado el 19/03/2026 06:51 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.