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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-6398 – 18 de marzo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 9 de marzo de 2026, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de España, para la gestión de la subvención otorgada a Unión Profesional, mediante Real Decreto 876/2024, de 3 de septiembre, para el desarrollo de un programa de formación de competencias digitales en el ámbito de los colegios profesionales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

📅 18 de marzo de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 📄 7 páginas

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Resumen

ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-6398

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica el convenio entre Red.es y el Consejo General de Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales (COGITI) para gestionar la formación en competencias digitales de profesionales colegiados. El convenio se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y desarrolla una subvención otorgada a Unión Profesional mediante Real Decreto 876/2024. Su objetivo es impulsar la digitalización del sector profesional mediante programas formativos específicos.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Formaliza la colaboración entre Red.es y COGITI como entidad colaboradora
  • Establece el marco para la gestión de subvenciones destinadas a formación digital
  • Desarrolla el programa de competencias digitales del Real Decreto 876/2024

A quién afecta

  • Ingenieros técnicos industriales colegiados (empleados y desempleados)
  • Colegios profesionales integrados en COGITI
  • Red.es como entidad gestora
  • Unión Profesional como beneficiaria principal de la subvención

Ámbito territorial

  • Nacional: Aplicable en todo el territorio español a través de los colegios territoriales de COGITI

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Marco normativo y financiación

  • Se basa en el Real Decreto 876/2024 que regula la subvención a Unión Profesional
  • Financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (fondos europeos)
  • Inscrito en la política palanca "Educación y conocimiento" del componente 19

Líneas de actuación del programa

  1. Formación en competencias digitales para profesionales
  2. Difusión y comunicación del programa
  3. Dirección y control del proyecto (auditoría, asesoría jurídica, calidad)
  4. Actuaciones complementarias necesarias

Estructura de gestión

  • COGITI actúa como entidad colaboradora sin recibir fondos directamente
  • Comisión de Seguimiento paritaria (2 representantes de cada parte)
  • No hay compensación económica para COGITI por la colaboración

Obligaciones de COGITI

  • Gestión, coordinación y ejecución de las actividades formativas
  • Cumplimiento de la normativa de subvenciones y del Mecanismo de Recuperación
  • Mantenimiento de requisitos durante toda la vigencia del convenio

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Firmado: 3 de febrero de 2026
  • Eficacia: Tras inscripción en REOICO (5 días hábiles desde firma)
  • Vigencia: Hasta el 30 de junio de 2026
  • Prórroga posible: Máximo 1 año adicional

Plazos de cumplimiento

  • Publicación BOE: 10 días hábiles desde formalización
  • Reuniones de seguimiento: Al menos una vez al año
  • Requerimiento por incumplimiento: 1 mes para subsanar

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para ingenieros técnicos industriales

  • Acceso gratuito a formación en competencias digitales
  • Dirigido tanto a empleados como desempleados
  • Formación específica adaptada al sector industrial
  • Mejora de la empleabilidad y actualización profesional

Para colegios profesionales

  • Participación activa en el programa sin coste económico
  • Fortalecimiento de servicios a colegiados
  • Cumplimiento de obligaciones de seguimiento y control
  • Necesidad de mantener requisitos legales durante toda la vigencia

Para el sector profesional

  • Impulso a la digitalización del sector industrial
  • Alineación con objetivos europeos de transformación digital
  • Contribución al Plan Nacional de Competencias Digitales

Consideraciones de protección de datos

  • Cumplimiento estricto del RGPD y normativa nacional
  • Designación de Delegados de Protección de Datos
  • Tratamiento de datos limitado a finalidades del convenio

Resolución de conflictos

  • Primera instancia: Comisión de Seguimiento
  • Jurisdicción: Tribunales contencioso-administrativos de Madrid
  • Posibilidad de resolución por incumplimiento con preaviso de un mes
Generado el 18/03/2026 06:54 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.