← Volver al listado del 13 de marzo
Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-5987 – 13 de marzo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 5 de marzo de 2026, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Convenio de Cooperación Transfronteriza entre el Gobierno de Navarra y el Departamento de Pirineos-Atlánticos 2025-2028.

📅 13 de marzo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA 📄 7 páginas
📖 Esta es tu última consulta gratuita. Créate una cuenta gratis para seguir consultando sin límites.

⚠️ Casi sin consultas gratuitas

Regístrate gratis ahora y sigue consultando el BOE sin límites, además de recibir alertas personalizadas cada mañana.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen

RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-5987

1. RESUMEN EJECUTIVO

Se publica el Convenio de Cooperación Transfronteriza entre Navarra y el Departamento francés de Pirineos-Atlánticos para el período 2025-2028, que establece un marco institucional de colaboración en seis ejes estratégicos. El convenio busca fortalecer las relaciones transfronterizas, impulsar proyectos de interés común y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de ambos lados de la frontera pirenaica. Esta cooperación abarca desde movilidad y gestión de riesgos hasta turismo, cultura y desarrollo sostenible.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Marco jurídico: Convenio de cooperación transfronteriza con vigencia de 4 años (2025-2028)
  • Renovación: Actualiza la colaboración formal existente desde 2001 entre ambos territorios

A quién afecta

  • Administraciones: Gobierno de Navarra y Departamento de Pirineos-Atlánticos
  • Ciudadanos: Población fronteriza de ambos lados de los Pirineos
  • Sectores económicos: Turismo, agricultura, energías renovables, deporte
  • Organizaciones: Asociaciones, empresas y colectividades públicas locales

Ámbito territorial

  • España: Comunidad Foral de Navarra
  • Francia: Departamento de Pirineos-Atlánticos
  • Frontera: 160 km de límite común pirenaico

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura institucional

  • Comité directivo: Evaluación a mitad de período y validación de propuestas
  • Grupo técnico: Reuniones trimestrales para seguimiento y nuevos proyectos
  • Órganos responsables: Dirección General de Acción Exterior (Navarra) y Misión de Cooperación Transfronteriza (Pirineos-Atlánticos)

Seis ejes estratégicos de cooperación

Eje 1: Conectividad y movilidad

  • Movilidad ciclable transfronteriza (proyecto MUGAZIKLO)
  • Vialidad invernal en carreteras NA-137 y D-132
  • Promoción del senderismo (GR®10, GR®11, GR®12)
  • Gestión compartida de infraestructuras (puentes)

Eje 2: Gestión de riesgos

  • Coordinación de servicios de emergencias
  • Mejora de seguridad en el Camino de Santiago (Saint-Jean Pied de Port - Roncesvalles)

Eje 3: Medioambiente y desarrollo sostenible

  • Proyectos en territorios de montaña (Barétous-Roncal, La Rhune, Iraty)
  • Lucha contra especies invasoras y protección de biodiversidad
  • Transición energética y energías renovables

Eje 4: Innovación social y territorial

  • Lucha contra la despoblación rural
  • Desarrollo de turismo gastronómico y enológico
  • Inserción profesional y economía social

Eje 5: Ciudadanía y sociedad

  • Archivos y memoria histórica
  • Cooperación en materia de diáspora vasca
  • Proyectos deportivos transfronterizos
  • Fomento del multilingüismo y euskera

Eje 6: Detección de obstáculos transfronterizos

  • Observatorio transfronterizo (proyecto DATAPASS)
  • Identificación de barreras para la cooperación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Fecha de firma: 30 de diciembre de 2025
  • Entrada en vigor: Desde la fecha de firma
  • Duración: 4 años (hasta diciembre de 2029)
  • Renovación: Automática salvo denuncia expresa

Plazos de seguimiento

  • Evaluación intermedia: A mitad del período (2027)
  • Reuniones técnicas: Trimestrales mínimo
  • Comité directivo: Reunión a mitad de período, con posibilidad de convocatorias extraordinarias

Modificación y denuncia

  • Modificaciones: Mediante adenda de común acuerdo
  • Denuncia: Cualquier momento con notificación previa
  • Efectos: No afecta a acciones en curso salvo rescisión expresa

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las administraciones

  • Coordinación técnica: Intercambio de información y buenas prácticas entre servicios
  • Financiación conjunta: Búsqueda de fondos europeos, estatales y regionales
  • Convenios específicos: Desarrollo de acuerdos particulares para proyectos concretos

Para empresas y sectores económicos

  • Turismo: Nuevas oportunidades en rutas ciclables, senderismo y turismo gastronómico
  • Energías renovables: Colaboración en proyectos de hidrógeno renovable y agrivoltaica
  • Agricultura: Proyectos piloto como AGRIPOWER para instalaciones agrivoltaicas

Para ciudadanos

  • Movilidad mejorada: Mejor conectividad ciclable y mantenimiento invernal de carreteras
  • Servicios de emergencia: Coordinación transfronteriza de equipos de socorro
  • Oferta cultural y deportiva: Intercambios y proyectos conjuntos
  • Preservación patrimonial: Acciones en memoria histórica y promoción del euskera

Para organizaciones locales

  • Papel facilitador: Las administraciones actuarán como "facilitadores transfronterizos"
  • Apoyo a iniciativas: Acompañamiento de proyectos del tejido asociativo local
  • Financiación: Acceso a recursos para proyectos de cooperación transfronteriza

Nota importante: Este convenio se enmarca en la normativa europea de cooperación transfronteriza y en el Tratado hispano-francés de Bayona de 1995, garantizando su solidez jurídica internacional.

Generado el 13/03/2026 07:07 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.