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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-19317 – 16 de septiembre de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 8 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 24 de mayo de 2024, por la que se otorga a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica “Elawan Olmedo I”, de 50,064 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Ramiro y Medina del Campo (Valladolid).

📅 16 de septiembre de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 📄 2 páginas
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Texto de la disposición

Con fecha 24 de mayo de 2024, la Dirección General de Política Energética y Minas dictó resolución por la que se otorga a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica «Elawan Olmedo I», de 50,064 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del Campo, en la provincia de Valladolid. Dicha resolución ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 143, de 13 de junio de 2024. Habiéndose advertido errores en dicha Resolución de fecha 24 de mayo de 2024, Esta Dirección General resuelve proceder a su rectificación conforme el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dichos errores consisten en que la resolución recoge que la potencia instalada de la instalación, de conformidad con la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, es de 50,064 MW, debiendo ser de 49,61 MW. En concreto, en la referida Resolución de fecha 24 de mayo de 2024, en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 143, de 13 de junio de 2023, pág. 69.345, donde dice: «Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica “Elawan Olmedo I”, de 50,064 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Ramiro y Medina del Campo (Valladolid).» Debe decir: «Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica “Elawan Olmedo I”, de 49,61 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Ramiro y Medina del Campo (Valladolid).» En dicha Resolución de fecha 24 de mayo de 2024, en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 143, de 13 de junio de 2023, pág. 69.349, donde dice: «Primero. Otorgar a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones de la instalación fotovoltaica “Elawan Olmedo I”, de 50,064 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del Campo, en la provincia de Valladolid, en los términos que se recogen en la presente resolución.» Debe decir: «Primero. Otorgar a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones de la instalación fotovoltaica “Elawan Olmedo I”, de 49,61 MW de potencia instalada (siendo de aplicación la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre), y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del Campo, en la provincia de Valladolid, en los términos que se recogen en la presente resolución.» En dicha Resolución de fecha 24 de mayo de 2024, en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 143, de 13 de junio de 2023, pág. 69.349, donde dice: «Segundo. Otorgar a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica “Elawan Olmedo I”, de 50,064 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del Campo, en la provincia de Valladolid, con las características definidas en los documentos “Proyecto para Autorización Administrativa de Construcción Planta Fotovoltaica Elawan Olmedo I 50,064 MWp”, fechado en noviembre 2020, “Modificado del Proyecto para Autorización Administrativa de Construcción LASAT 132 kV SET Gomeznarro-SET Olmedo Renovables con Entrada-Salida en SET El Caballero”, fechado en mayo de 2023 y “Modificación del Proyecto para Autorización Administrativa de Construcción Subestación Eléctrica Gomeznarro 132/30 kV”, fechado en marzo de 2023, y con las particularidades recogidas en la presente resolución.» Debe decir: «Segundo. Otorgar a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica “Elawan Olmedo I”, de 49,61 MW de potencia instalada (siendo de aplicación la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre), y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del Campo, en la provincia de Valladolid, con las características definidas en los documentos “Proyecto para Autorización Administrativa de Construcción Planta Fotovoltaica Elawan Olmedo I 50,064 MWp”, fechado en noviembre 2020, “Modificado del Proyecto para Autorización Administrativa de Construcción LASAT 132  kV SET Gomeznarro-SET Olmedo Renovables con Entrada-Salida en SET El Caballero”, fechado en mayo de 2023, y “Modificación del Proyecto para Autorización Administrativa de Construcción Subestación Eléctrica Gomeznarro 132/30 kV”, fechado en marzo de 2023, y con las particularidades recogidas en la presente resolución.» Por último, en dicha Resolución de fecha 24 de mayo de 2024, en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 143, de 13 de junio de 2023, pág. 69.349, donde dice: «Potencia instalada, de conformidad con la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre: 50,064 MW.» Debe decir: «Potencia instalada, de conformidad con la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre: 49,61 MW.» Madrid, 8 de julio de 2026.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
Texto extraído directamente del BOE. No sustituye la lectura del texto oficial.