Suscrito el 4 de agosto de 2026, la adenda de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la entidad Institut Universitari d’Investigació en Atenció Primària Jordi Gol (IDIAP-JGOL), para establecer el régimen de cooperación en el marco del programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027, «Programa EU4Health», abreviado, «EU4H», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 4 de agosto de 2026.–La Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información del Sistema Nacional de Salud, Noemí Cívicos Villa.
ANEXO
Adenda de prórroga del convenio entre el Ministerio de Sanidad y la entidad Institut Universitari d’investigació en Atenció Primària Jordi Gol (IDIAP-JGOL), para establecer el régimen de cooperación en el marco del programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027, «Programa EU4Health», abreviado, «EU4H»
En Madrid, a 4 de agosto de 2026.
REUNIDOS
De una parte, doña Noemí Cívicos Villa, Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud, según nombramiento conferido por el Real Decreto 779/2021, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado», el 1 de septiembre de 2021), y en virtud de la delegación de competencias otorgada por apartado decimonoveno, punto tercero, de la Orden SND/147/2025, de 7 de febrero, sobre fijación de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder subvenciones y de delegación de competencias («Boletín Oficial del Estado», el 14 de febrero de 2025).
De otra parte, don Josep Basora Gallisà, en nombre y representación de Fundació Institut Universitari per a la Recerca a l’Atenció Primaria de Salut Jordi Gol i Gurina (en adelante, IDIAP-JGOL) en calidad de Director, según consta en Escritura Pública de Poder otorgada ante el Notario Salvador Farres Reig, Notario del llustre Colegio de Cataluña, el día 28 de abril de 2020, con el número de su protocolo 618 e inscrita en el Registro de Fundaciones, de la Generalidad de Cataluña con el número 1.006.
Todas las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda con el objeto de continuar con el régimen cooperación en relación con la Joint Action-09 «Preparatory actions for a European Health Data Space: primary use of data and reuse of data» en el marco del programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 28 de noviembre de 2023, las partes suscribieron el Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la entidad Institut Universitari d’Investigació en Atenció Primària Jordi Gol (IDIAP-JGOL), para establecer el régimen de cooperación en el marco del programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027, «Programa EU4Health», abreviado, «EU4H», publicado en el «Boletín Oficial del Estado», el 11 de diciembre de 2023 (en adelante el convenio) cuyo objeto es:
«Es objeto de este convenio establecer el régimen de cooperación entre el Ministerio de Sanidad y la entidad afiliada IDIAP-JGOL, como participantes de la Joint Action-09 “Preparatory actions for a European Health Data Space: primary use of data and reuse of data”, en lo sucesivo JA-09.»
Segundo.
En la cláusula sexta de dicho convenio se establece que la vigencia del convenio será de tres años y se prevé la posibilidad de acordar prórrogas, en aplicación del artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La prórroga del convenio requerirá, además del acuerdo unánime de los firmantes, previo a la finalización del convenio, la circunstancia de que no hayan finalizado las responsabilidades de la JA-09 (realización del proyecto o justificación de la subvención) o que se haya acordado por la Agencia Ejecutiva de Salud Digital de la UE (HaDEA) la prórroga de la acción, debiéndose seguir la misma tramitación que el convenio inicial.
La duración máxima de las sucesivas prórrogas, que no pueden superar cada una el periodo de vigencia inicial, no podrá exceder de tres años, no pudiendo exceder la duración máxima del convenio, incluidas sus prórrogas, la duración total de seis años.
Tercero.
Que resulta necesaria y oportuna la prórroga del convenio suscrito, a fin de garantizar la continuidad de las actuaciones administrativas, de gestión y de coordinación entre las partes para el adecuado cierre del proyecto JA-09, dado que, pese a la finalización de su ejecución técnica y a la aprobación de los entregables, permanecen pendientes obligaciones de las Entidades Afiliadas con el Coordinador del proyecto vinculadas a la justificación económica, la validación del informe financiero final, la eventual subsanación de incidencias y la liquidación económica definitiva entre las partes, condicionadas a la aprobación y pago final por parte de la Agencia Ejecutiva de Salud Digital de la Unión Europea (HaDEA).
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Grant Agreement y en los artículos 3.2 y 4.3 del Consortium Agreement, el beneficiario debe garantizar el cumplimiento de tales obligaciones por la entidad afiliada, manteniendo la correspondiente responsabilidad hasta la completa finalización de las mismas, concurriendo por tanto la circunstancia de no haberse extinguido las responsabilidades derivadas de la acción.
Cuarto.
Que, de conformidad con lo establecido cláusula octava del convenio relativa a su modificación, en reunión de la Comisión de Seguimiento de fecha 19 de mayo de 2026, las partes acordaron, por unanimidad, prorrogar, por un periodo de tres años, el convenio.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
A través de la presente adenda se procede al acuerdo de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Sanidad y la entidad Institut Universitari d’Investigació en Atenció Primària Jordi Gol (IDIAP-JGOL), para establecer el régimen de cooperación en el marco del programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027, «Programa EU4Health», abreviado, «EU4H», suscrito en fecha 28 de noviembre de 2023.
Segunda. Prórroga del convenio.
Se acuerda la prórroga del convenio por un período de tres años adicionales, a contar desde la fecha de fin de vigencia inicial del mismo, de conformidad con lo establecido en la cláusula sexta del convenio.
Tercera. Impacto económico.
La presente prórroga del convenio no supone ninguna obligación económica para ninguna de las partes firmantes.
Cuarta. Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO) antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40//2015, de 1 de octubre.
Quinta. Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no previsto, ni expresamente modificado por la presente adenda, serán de aplicación las estipulaciones contenidas en el convenio formalizado por ambas partes con fecha 28 de noviembre de 2023.
Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda de prórroga en un único original electrónico, a 4 de agosto de 2026.–Por el Ministerio de Sanidad, por delegación de la Secretaría de Estado de Sanidad (Orden SND/147/2025), la Directora General de Salud Digital y Sistemas de Información, Noemí Cívicos Villa.–Por IDIAP-JGOL, el Director, Josep Basora Gallisá.