← Volver al listado del 13 de agosto
Orden Ministerial III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-17720 – 13 de agosto de 2026 – Análisis jurídico

Orden CLT/861/2026, de 10 de agosto, por la que se modifica la Orden CLT/451/2026, de 29 de abril, por la que se convocan los Premios Nacionales de Música, Músicas Actuales, Danza, Teatro, Circo y Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondientes al año 2026.

📅 13 de agosto de 2026 🏛️ MINISTERIO DE CULTURA 📄 1 páginas

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Texto de la disposición

El 11 de mayo de 2026 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden CLT/451/2026, de 29 de abril, por la que se convocan los Premios Nacionales de Música, Músicas Actuales, Danza, Teatro, Circo y Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondientes al año 2026. En el apartado quinto de la orden, se prevé el procedimiento por el cual, tanto entidades culturales o profesionales como los propios miembros del jurado, pueden presentar candidaturas a estos Premios Nacionales. No obstante, este apartado ha generado diferentes problemas de interpretación que conviene aclarar con una nueva redacción. Por ello, resuelvo: Primero. Modificación de la Orden CLT/451/2026, de 29 de abril, por la que se convocan los Premios Nacionales de Música, Músicas Actuales, Danza, Teatro, Circo y Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondientes al año 2026. El apartado quinto de la Orden CLT/451/2026, de 29 de abril, por la que se convocan los Premios Nacionales de Música, Músicas Actuales, Danza, Teatro, Circo y Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondientes al año 2026 queda redactado de la siguiente manera: «Quinto. Candidaturas. Las candidaturas a los Premios Nacionales de Música, Músicas Actuales, Danza, Teatro, Circo y de las Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud del año 2026 serán presentadas por las personas miembros del Jurado o por las entidades culturales o profesionales relacionadas con los diferentes ámbitos culturales, mediante propuestas razonadas dirigidas a la persona titular del Ministerio de Cultura o a la presidencia del Jurado, una vez constituido el mismo. Las entidades culturales o profesionales podrán presentar sus propuestas de candidaturas hasta el 11 de septiembre de 2026, por correo electrónico (dgaem@cultura.gob.es) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas miembros del jurado lo podrán hacer hasta el día de celebración de la propia reunión convocada para el fallo.» Segundo. Efectos. La presente orden ministerial producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 10 de agosto de 2026.–El Ministro de Cultura, Ernest Urtasun Domènech.
Texto extraído directamente del BOE. No sustituye la lectura del texto oficial.