Vistos los expedientes de indulto de doña Rosa María Poveda Encabo, condenada por sendas sentencias de la Audiencia Provincial de Ávila, Sección Primera, de fecha 16 de marzo de 2022, como cómplice de un delito contra la salud pública a la pena de un año y seis meses de prisión y multa de 14.000 euros con una responsabilidad personal subsidiaria de un mes en caso de impago y la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en 2020, y otra de fecha 21 de mayo de 2025, como autora de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión y multa de 7.200,73 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un mes de privación de libertad en caso de impago, por hechos cometidos en el año 2023, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendidas las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en los citados expedientes, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de julio de 2026,
Vengo en indultar a doña Rosa María Poveda Encabo las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado el 28 de julio de 2026.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA