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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-15283 – 13 de julio de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 2 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Interior, por la que se publican las subvenciones estatales anuales, para sufragar los gastos de seguridad a las diferentes formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados, durante el segundo trimestre del ejercicio 2026.

📅 13 de julio de 2026 🏛️ MINISTERIO DEL INTERIOR 📄 2 páginas
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Texto de la disposición

En virtud de lo establecido en el apartado primero del artículo 3 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, «El Estado otorgará a los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados, subvenciones anuales no condicionadas, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, para atender sus gastos de funcionamiento. Igualmente, podrá incluirse en los Presupuestos Generales del Estado una asignación anual para sufragar los gastos de seguridad en los que incurran los partidos políticos para mantener su actividad política e institucional.» La finalidad de la subvención, que se abona en doce mensualidades, es para sufragar gastos de seguridad y se concreta en el montante anual incluido en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio correspondiente, que se consigna en el programa 924M, Elecciones y Partidos Políticos, con cargo a la Sección 16, Servicio 01 y Concepto 484, Asignación anual a Partidos Políticos para sufragar gastos de seguridad. El artículo 4 del Real Decreto 1306/2011, de 26 de septiembre, por el que se regula la tramitación de las subvenciones estatales anuales para sufragar los gastos de seguridad en que incurran los partidos políticos dispone que «la Dirección General de Política Interior publicará trimestralmente en el “Boletín Oficial del Estado” las cantidades concedidas en cada período a cada entidad política, con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, entidad beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de la subvención.» En aplicación del artículo 4 del Real Decreto 1306/2011, de 26 de septiembre, se hace público mediante su inserción en el «Boletín Oficial del Estado» que, durante el segundo trimestre del presente ejercicio presupuestario de 2026, la mencionada subvención se ha llevado a efecto, ordenándose el pago de las siguientes cantidades a las entidades beneficiarias. Formación política Cuantía – Euros PARTIDO POPULAR. 242.405,19 PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL. 190.381,65 VOX. 78.999,75 COALICIÓN SUMAR:  MOVIMIENTO SUMAR. 26.360,19  PODEMOS. 17.821,41  IZQUIERDA UNIDA. 14.722,02  CATALUNYA EN COMÚ. 13.931,70  COMPROMIS. 3.874,20  VERDES EQUO. 774,84 PARTIT DELS SOCIALISTES DE CATALUNYA. 35.309,37 ESQUERRA REPUBLICANA DE CATALUNYA. 13.311,93 JUNTS. 11.978,70 EUSKAL HERRIA BILDU. 10.195,50 PARTIDO NACIONALISTA VASCO. 8.458,74 BLOQUE NACIONALISTA GALEGO. 3.552,81 COALICIÓN CANARIA. 2.842,05 UNIÓN DEL PUEBLO NAVARRO. 1.629,99 Madrid, 2 de julio de 2026.–La Directora General de Política Interior, Carmen López García.
Texto extraído directamente del BOE. No sustituye la lectura del texto oficial.