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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-13000 – 15 de junio de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección General de Pesca Sostenible, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la gestión compartida de las reservas marinas en Canarias.

📅 15 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 📄 2 páginas

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Texto de la disposición

Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», una vez suscrito con fecha 4 de junio, la adenda de prórroga al Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de Canarias, relativo a la gestión compartida de las reservas marinas en Canarias. Madrid, 5 de junio de 2026.–El Director General de Pesca Sostenible, Ramón de la Figuera Morales. ANEXO Adenda de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de Canarias, relativo a la gestión compartida de las reservas marinas en Canarias Madrid, 4 de junio de 2026. REUNIDOS De una parte, doña María Isabel Artime García, Secretaria General de Pesca en virtud del Real Decreto 86/2023, de 8 de febrero (BOE núm. 34, de 9 de febrero de 2023), en representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, actuando por delegación de competencias de su titular de acuerdo con el apartado segundo del capítulo II de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias. De otra parte, don Alejandro Narvay Quintero Castañeda, Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, en virtud del Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias, y actuando al amparo del artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias. Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto, EXPONEN Primero. Con fecha 3 de junio de 2022, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de Canarias, relativo a la gestión compartida de Reservas Marinas en Canarias. Dicho convenio adquirió eficacia una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) el 6 de junio de 2022. Asimismo, fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 4 de julio de 2022. Segundo. La experiencia obtenida de las actuaciones de colaboración mantenidas durante los cuatro años de vigencia del convenio ha surtido los efectos esperados en la gestión de la reserva marina, a la vista de lo cual, ambas Administraciones desean continuar con el desarrollo de las mismas. Tercero. La cláusula octava del convenio prevé la posibilidad de prórroga de su vigencia, por un periodo de cuatro años, debiendo siempre que ésta sea formalizada con anterioridad a la finalización de su vigencia. A la vista de lo anteriormente expresado, las partes consideran necesario prorrogar dicho convenio, que se regirá de conformidad con las siguientes CLÁUSULAS Primera. Objeto. Se acuerda la prórroga de la vigencia del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de Canarias, relativo a la gestión compartida de las reservas marinas de Canarias, durante cuatro años adicionales. Segunda. Eficacia. La presente adenda deberá suscribirse e inscribirse en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) antes de la fecha de extinción del convenio firmado el 3 de junio de 2022 y será eficaz una vez este agote su vigencia. Asimismo, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado». En prueba de conformidad y para debida constancia de cuanto queda convenido, ambas partes suscriben la presente adenda a fecha de firma electrónica.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.–El Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, Alejandro Narvay Quintero Castañeda.
Texto extraído directamente del BOE. No sustituye la lectura del texto oficial.