1. RESUMEN EJECUTIVO
La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento de Corporación Acciona Eólica, SL de su solicitud para construir una planta solar fotovoltaica de 50,98 MWp en Ayora (Valencia). El proyecto, que había iniciado su tramitación en 2022, queda definitivamente archivado tras la renuncia voluntaria del promotor en marzo de 2026. Esta resolución pone fin al procedimiento administrativo sin necesidad de pronunciarse sobre el fondo del asunto.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Acepta el desistimiento voluntario de una solicitud de autorización para una instalación de energía renovable
- A quién afecta:
- Corporación Acciona Eólica, SL (promotor)
- Administraciones locales de Ayora (Valencia)
- Sector energético renovable
- Terceros que pudieran tener interés en el procedimiento
- Ámbito territorial: Término municipal de Ayora, provincia de Valencia
3. CONTENIDO PRINCIPAL
- Proyecto desistido: Infraestructura híbrida fotovoltaica "La Solana" de 50,98 MWp y su infraestructura de evacuación asociada
- Tramitación previa: El proyecto se había acumulado inicialmente con otras 7 plantas fotovoltaicas para tramitación conjunta, pero posteriormente se desacumuló por cambios en la estructura empresarial
- Procedimiento seguido: Se respetó el trámite de audiencia al promotor, quien confirmó su conformidad con el desistimiento
- Archivo del expediente: Queda archivado definitivamente el expediente SGIISE/PEol-FV-136
- Base legal: Artículo 94 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común que reconoce el derecho de desistimiento
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Fecha de la resolución: 27 de abril de 2026
- Efectos inmediatos: La resolución es efectiva desde su notificación
- Plazo de recurso: Un mes para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía
- Firmeza: Transcurrido el plazo sin recurso, la resolución será firme
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para el promotor (Corporación Acciona Eólica, SL):
- Queda liberado de las obligaciones del procedimiento de autorización
- Puede estar sujeto a la ejecución de garantías económicas depositadas (40 €/kW instalado según normativa vigente)
- Pierde definitivamente la posibilidad de desarrollar este proyecto específico
Para el sector energético:
- Reduce la capacidad de generación renovable prevista en la Comunidad Valenciana
- Libera capacidad de evacuación en la red eléctrica para otros proyectos
Para terceros interesados:
- Cualquier tercero que se hubiera personado en el procedimiento tenía 10 días desde la notificación del desistimiento para solicitar la continuación del procedimiento (plazo ya vencido)
Consideraciones generales:
- No afecta a otros proyectos renovables de la zona
- El desistimiento es irrevocable una vez aceptado por la Administración