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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-12163 – 5 de junio de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Rolwind Málaga 1, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto de almacenamiento energético stand alone «ST Cerrillo», de 77,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Álora (Málaga).

📅 5 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 📄 9 páginas

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Resumen

Autorización de planta de almacenamiento energético de 77,6 MW en Álora

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Política Energética y Minas autoriza a Rolwind Málaga 1, SL la construcción de una planta de almacenamiento energético con baterías de ion-litio de 77,6 MW en Álora (Málaga), junto con su infraestructura de evacuación. El proyecto incluye una capacidad de almacenamiento de 340 MWh y conexión a la red de transporte eléctrico a través de la subestación Tajo Encantada. Esta autorización forma parte del impulso a las tecnologías de almacenamiento para la transición energética.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Otorga autorización administrativa previa y de construcción para una instalación de almacenamiento energético "stand alone" y su infraestructura de evacuación
  • A quién afecta:
    • Rolwind Málaga 1, SL (promotor)
    • Sector energético y de almacenamiento
    • Administraciones locales y autonómicas
    • Red Eléctrica de España (conexión)
  • Ámbito territorial: Término municipal de Álora, provincia de Málaga

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Características de la instalación:

  • Tecnología: Baterías de ion-litio
  • Potencia instalada: 77,6 MW
  • Capacidad de almacenamiento: 340 MWh
  • Duración: 4 horas de autonomía
  • Capacidad de acceso: 77,6 MW generación / 110 MW consumo

Infraestructura de evacuación:

  • Líneas subterráneas de 30 kV hasta subestación Tajo Promotores
  • Subestación transformadora Tajo Promotores 220/30/15 kV
  • Línea aéreo-subterránea de 220 kV hasta subestación Tajo Encantada (REE)
  • Compensador síncrono rotativo de 22 MVA

Condiciones especiales:

  • Cumplimiento de informes de impacto ambiental
  • Medidas de protección arqueológica y de fauna
  • Coordinación con otros promotores que evacúen por la misma posición
  • Respeto a ciclos biológicos en la programación de obras

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Inmediata (12 de mayo de 2026)
  • Plazo para autorización de explotación: Según Real Decreto-ley 23/2020, con posibilidad de extensión hasta 31 de diciembre de 2030
  • Plazo para solicitar extensión: Máximo 3 meses desde la autorización de construcción
  • Recurso de alzada: 1 mes desde la notificación/publicación

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el promotor:

  • Debe obtener todas las autorizaciones complementarias (ordenación territorial, medio ambiente, seguridad industrial)
  • Obligación de cumplir condicionantes ambientales específicos
  • Necesidad de coordinar evacuación con otros promotores (Endesa Generación)
  • Realizar prospecciones arqueológicas y de fauna antes del inicio de obras

Para el sector energético:

  • Refuerza la capacidad de almacenamiento del sistema eléctrico español
  • Contribuye a la estabilidad de la red y integración de renovables
  • Establece precedente para proyectos similares de almacenamiento

Para administraciones:

  • Las administraciones competentes deben facilitar las autorizaciones complementarias necesarias
  • Seguimiento del cumplimiento de condicionantes ambientales
  • Coordinación entre diferentes niveles administrativos (estatal, autonómico, local)
Generado el 05/06/2026 06:03 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.