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Resolución III. Otras disposiciones

Anulación de cláusula discriminatoria en convenio colectivo de Exolum Aviation

BOE-A-2026-11929 — 3 de junio de 2026

Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia del Tribunal Supremo relativa al Convenio colectivo de Exolum Aviation, SA.

📅 3 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 13 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Tribunal Supremo anula una cláusula del convenio colectivo de Exolum Aviation que establecía garantías de empleo solo para trabajadores fijos desde 2007, excluyendo a los temporales de esa fecha. La sentencia considera que esta diferencia vulnera el principio de igualdad y no discriminación entre trabajadores fijos y temporales. Como consecuencia, todos los trabajadores de la empresa en activo el 24 de julio de 2007, independientemente del tipo de contrato, tendrán las mismas garantías de empleo.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Anula parcialmente la disposición transitoria sexta del Convenio Colectivo de Exolum Aviation, SA que limitaba las garantías de empleo
  • A quién afecta:
    • Trabajadores de Exolum Aviation, SA (antigua CLH Aviación)
    • Sindicatos firmantes del convenio (UGT-FICA y CC.OO.-Industria)
    • Empresas del sector con cláusulas similares
  • Ámbito territorial: Nacional, con efectos específicos en la empresa Exolum Aviation, SA

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Antecedente: La Confederación General del Trabajo (CGT) impugnó una cláusula que otorgaba garantías de empleo solo a trabajadores fijos desde el 24 de julio de 2007
  • Decisión del Tribunal Supremo: Estima el recurso y declara discriminatoria la diferencia de trato entre trabajadores fijos y temporales
  • Fundamento jurídico: Vulneración del artículo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores y del artículo 14 de la Constitución (derecho a la igualdad)
  • Doctrina establecida: La modalidad contractual (fija o temporal) no puede justificar por sí sola un trato diferenciado en las garantías de empleo
  • Resultado: Se anula la referencia al "personal fijo de plantilla" en la disposición transitoria sexta del convenio

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Fecha de la sentencia: 21 de abril de 2026
  • Publicación: 21 de mayo de 2026
  • Efectos: Inmediatos desde la publicación de la sentencia
  • Sin plazos específicos: La anulación opera de forma automática sobre el convenio vigente

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para Exolum Aviation, SA:

  • Debe aplicar las mismas garantías de empleo a todos los trabajadores que estuvieran en plantilla el 24 de julio de 2007, independientemente de su tipo de contrato en esa fecha
  • En caso de ajustes de plantilla, las bajas deberán ser voluntarias para todo el personal afectado por la garantía

Para trabajadores:

  • Los empleados que tenían contratos temporales en 2007 ahora gozan de las mismas garantías que los fijos de esa fecha
  • Refuerza la protección contra la discriminación por tipo de contrato

Para otras empresas y negociadores:

  • Establece un precedente importante sobre la igualdad de trato entre trabajadores fijos y temporales en convenios colectivos
  • Las cláusulas de garantía de empleo no pueden discriminar por la modalidad contractual sin justificación objetiva

Para el sector:

  • Posible revisión de convenios colectivos con cláusulas similares discriminatorias
  • Mayor protección de los derechos de los trabajadores temporales
Generado el 03/06/2026 05:51 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.