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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia 2026-2029

BOE-A-2026-11928 — 3 de junio de 2026

Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXIII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora SU.

📅 3 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 142 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Se registra y publica el XXIII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, suscrito el 6 de marzo de 2026 y subsanado el 7 de mayo de 2026. Este convenio establece las condiciones laborales, salariales y de organización del trabajo para todo el personal de tierra de Iberia durante el período 2026-2029. Incluye una nueva clasificación profesional en cuatro grupos (GSGT, TMA, Administrativos y SOMA) con sistemas específicos de progresión y promoción.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Condiciones laborales completas del personal de tierra de Iberia, incluyendo clasificación profesional, sistemas de progresión, representación sindical, ingresos y organización del trabajo
  • A quién afecta: Todo el personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, excluyendo puestos de Alta Dirección (Senior Manager o superior) y determinados cargos de especial confianza
  • Ámbito territorial: Todo el territorio nacional español, con disposiciones específicas para personal destinado en el extranjero

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Clasificación profesional: Cuatro grupos profesionales con categorías y niveles específicos:

    • Grupo Superior de Gestores y Técnicos (GSGT) con grados A, B y C
    • Técnicos de Mantenimiento Aeronáutico (TMA) con categorías de Ejecución y Mando
    • Administrativos con categorías de Ejecución/Supervisión y Mando
    • Soporte Operacional de Mantenimiento Aeronáutico (SOMA)
  • Representación sindical: Mantenimiento del Comité Intercentros como órgano único de representación, con 13 miembros y funciones específicas de negociación colectiva

  • Sistemas de progresión: Criterios específicos para cada grupo basados en permanencia mínima, evaluación del desempeño, formación superada y, en algunos casos, ocupación de puestos de contenido técnico específico

  • Comisiones de trabajo: Comisión Mixta, Comisión de Seguimiento del Empleo y nueva Comisión Paritaria de Participación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Vigencia: Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029
  • Prórroga automática: Por períodos de 12 meses si no hay denuncia expresa en los dos meses anteriores al vencimiento
  • Efectos retroactivos: Aplicable desde el 1 de enero de 2026 para conceptos sin fecha específica diferente

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para Iberia:

  • Debe adaptar su organización a la nueva clasificación profesional en cuatro grupos
  • Implementar los nuevos sistemas de progresión con criterios específicos por grupo
  • Mantener las estructuras de representación sindical establecidas
  • Aplicar los nuevos criterios de ingreso según titulación y experiencia

Para los trabajadores:

  • Nueva estructura de progresión profesional con criterios claros y objetivos
  • Mantenimiento de derechos sindicales y de representación
  • Sistemas específicos de formación y desarrollo profesional según el grupo laboral
  • Garantías de estabilidad laboral y procedimientos disciplinarios regulados

Para el sector:

  • Establece un marco de referencia para las relaciones laborales en el transporte aéreo
  • Define estándares específicos para personal de mantenimiento aeronáutico conforme a normativa EASA
Generado el 03/06/2026 05:50 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.