1. RESUMEN EJECUTIVO
Se registra y publica el XXIII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, suscrito el 6 de marzo de 2026 y subsanado el 7 de mayo de 2026. Este convenio establece las condiciones laborales, salariales y de organización del trabajo para todo el personal de tierra de Iberia durante el período 2026-2029. Incluye una nueva clasificación profesional en cuatro grupos (GSGT, TMA, Administrativos y SOMA) con sistemas específicos de progresión y promoción.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Condiciones laborales completas del personal de tierra de Iberia, incluyendo clasificación profesional, sistemas de progresión, representación sindical, ingresos y organización del trabajo
- A quién afecta: Todo el personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, excluyendo puestos de Alta Dirección (Senior Manager o superior) y determinados cargos de especial confianza
- Ámbito territorial: Todo el territorio nacional español, con disposiciones específicas para personal destinado en el extranjero
3. CONTENIDO PRINCIPAL
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Clasificación profesional: Cuatro grupos profesionales con categorías y niveles específicos:
- Grupo Superior de Gestores y Técnicos (GSGT) con grados A, B y C
- Técnicos de Mantenimiento Aeronáutico (TMA) con categorías de Ejecución y Mando
- Administrativos con categorías de Ejecución/Supervisión y Mando
- Soporte Operacional de Mantenimiento Aeronáutico (SOMA)
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Representación sindical: Mantenimiento del Comité Intercentros como órgano único de representación, con 13 miembros y funciones específicas de negociación colectiva
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Sistemas de progresión: Criterios específicos para cada grupo basados en permanencia mínima, evaluación del desempeño, formación superada y, en algunos casos, ocupación de puestos de contenido técnico específico
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Comisiones de trabajo: Comisión Mixta, Comisión de Seguimiento del Empleo y nueva Comisión Paritaria de Participación
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Vigencia: Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029
- Prórroga automática: Por períodos de 12 meses si no hay denuncia expresa en los dos meses anteriores al vencimiento
- Efectos retroactivos: Aplicable desde el 1 de enero de 2026 para conceptos sin fecha específica diferente
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para Iberia:
- Debe adaptar su organización a la nueva clasificación profesional en cuatro grupos
- Implementar los nuevos sistemas de progresión con criterios específicos por grupo
- Mantener las estructuras de representación sindical establecidas
- Aplicar los nuevos criterios de ingreso según titulación y experiencia
Para los trabajadores:
- Nueva estructura de progresión profesional con criterios claros y objetivos
- Mantenimiento de derechos sindicales y de representación
- Sistemas específicos de formación y desarrollo profesional según el grupo laboral
- Garantías de estabilidad laboral y procedimientos disciplinarios regulados
Para el sector:
- Establece un marco de referencia para las relaciones laborales en el transporte aéreo
- Define estándares específicos para personal de mantenimiento aeronáutico conforme a normativa EASA