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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-11926 – 3 de junio de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta en la que se aprueban las tablas salariales para el año 2026 del VIII Convenio colectivo de Industrias de Ferralla.

📅 3 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 6 páginas

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Resumen

Actualización salarial 2026 para el sector de la ferralla con incremento del 2,75%

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Trabajo registra y publica las nuevas tablas salariales para 2026 del VIII Convenio colectivo de Industrias de Ferralla, acordadas por la patronal ANIFER y los sindicatos UGT-FICA y CC.OO. del Hábitat. Las tablas contemplan un incremento salarial del 2,75% sobre las retribuciones de 2025, aplicable a todos los trabajadores del sector. La actualización incluye salarios diferenciados por provincias y niveles profesionales, así como conceptos extrasalariales como dietas y kilometraje.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Actualización de las tablas salariales para el año 2026 del convenio colectivo estatal de industrias de ferralla
  • A quién afecta:
    • Empresas del sector de la ferralla representadas por ANIFER
    • Trabajadores del sector en todo el territorio nacional
    • Profesionales de ferralla montadores con categoría específica
  • Ámbito territorial: Nacional, con diferenciación salarial por provincias agrupadas en seis tablas según coste de vida

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Incremento salarial

  • Subida del 2,75% sobre las tablas salariales de 2025, conforme al artículo 41 del convenio vigente

Estructura salarial por provincias

Las provincias se agrupan en seis tablas salariales según nivel económico:

  • Tabla I (salarios más bajos): Ávila, Castellón, Ciudad Real, Jaén, Las Palmas, Lleida, Lugo, Pontevedra, Salamanca, Tenerife
  • Tabla VI (salarios más altos): Álava, Córdoba, Girona, Guipúzcoa, Huelva

Niveles profesionales

  • 12 niveles retributivos (I al XII) según cualificación profesional
  • Salarios que oscilan entre 1.421,53€/mes (Nivel XII, Tabla I) y 3.070,88€/mes (Nivel I, Tabla VI)

Conceptos retributivos

  • Salario base
  • Plus salarial o de asistencia
  • Plus extrasalarial
  • Dos pagas extraordinarias (junio y diciembre)

Dietas y desplazamientos (valores 2025)

  • Kilometraje: 0,32 €/km
  • Dieta completa: 41,77 €
  • Media dieta: 14,74 €

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Las tablas salariales son aplicables desde el 1 de enero de 2026
  • Fecha de acuerdo: 4 de mayo de 2026
  • Publicación: 21 de mayo de 2026
  • Vigencia: Todo el año 2026, salvo nueva negociación

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las empresas del sector

  • Deben aplicar las nuevas tablas salariales desde enero 2026
  • Obligación de abonar los incrementos retroactivos si no se habían aplicado
  • Actualización de nóminas conforme a la provincia donde preste servicios el trabajador
  • Aplicación de las dietas y kilometrajes actualizados

Para los trabajadores

  • Incremento automático del 2,75% en sus retribuciones
  • Derecho a reclamar diferencias salariales si no se han aplicado correctamente las tablas
  • Variación salarial significativa según provincia de trabajo (diferencias de hasta 1.649€/mes entre provincias)

Para profesionales de ferralla montadores

  • Tabla salarial específica con retribuciones diferenciadas por provincia
  • Salarios que van desde 1.510,83€/mes (Salamanca) hasta 2.479,28€/mes (Barcelona)
Generado el 03/06/2026 05:49 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.