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Orden Ministerial I. Disposiciones generales

BOE-A-2026-11699 – 1 de junio de 2026 – Análisis jurídico

Orden TES/539/2026, de 25 de mayo, por la que se regula la legalización en formato electrónico de libros en el ámbito del Registro de Sociedades Cooperativas.

📅 1 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 5 páginas

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Resumen

Legalización electrónica obligatoria de libros de sociedades cooperativas

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta orden establece el procedimiento electrónico obligatorio para la legalización de libros sociales y contables de las sociedades cooperativas ante el Registro de Sociedades Cooperativas. La norma responde al mandato de digitalización de la Ley 39/2015, que obliga a las personas jurídicas a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Sustituye el sistema tradicional en papel por un procedimiento completamente digital con garantías de seguridad y protección de datos.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: El sistema de legalización electrónica de libros obligatorios de sociedades cooperativas (registro de socios, aportaciones al capital, actas de órganos sociales, inventarios y cuentas anuales, libro diario y otros exigidos legalmente)
  • A quién afecta: Todas las sociedades cooperativas españolas que deben legalizar sus libros ante el Registro de Sociedades Cooperativas
  • Ámbito territorial: Nacional, para cooperativas bajo jurisdicción estatal

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Procedimiento electrónico obligatorio

  • Presentación: A través del Sistema de Información del Registro de Cooperativas
  • Plazo: Antes de 4 meses desde el cierre del ejercicio
  • Requisitos: Firma electrónica de persona facultada, libros ya cumplimentados (no en blanco)
  • Documentación: Identificación de la cooperativa, relación de libros, número de hojas, fechas de apertura/cierre

Legalización automatizada

  • Proceso: Diligencia automatizada con sello electrónico o firma del Encargado del Registro
  • Notificación: A través de Dirección Electrónica Habilitada única
  • Plazo de acceso: 10 días naturales (si no se accede, se entiende rechazada)

Tracto sucesivo

  • Libros contables: Obligatorio legalizar el anterior antes del siguiente
  • Libros de actas y registros: Pueden legalizarse independientemente

Seguridad y protección de datos

  • Cifrado: Sistemas de seguridad para proteger los archivos
  • Borrado automático: Los archivos se eliminan tras completar la legalización
  • Huella digital: Se mantiene para garantizar integridad probatoria
  • Cumplimiento RGPD: Aplicación estricta de normativa de protección de datos

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: 1 de julio de 2026
  • Régimen transitorio:
    • Los libros en papel ya legalizados pueden seguir usándose hasta agotarse
    • Los libros de ejercicios que finalicen en 2026 pueden legalizarse aún en papel
  • Plazo de legalización: 4 meses desde cierre del ejercicio (plazo ya existente)
  • Plazo de subsanación: 10 días para corregir defectos

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las sociedades cooperativas:

  • Obligación inmediata: Adaptarse al procedimiento electrónico desde julio 2026
  • Inversión tecnológica: Necesidad de sistemas para generar y firmar electrónicamente los libros
  • Formación: Personal debe conocer el nuevo procedimiento digital
  • Certificados digitales: Imprescindibles para la firma electrónica

Ventajas del nuevo sistema:

  • Eficiencia: Proceso más rápido y automatizado
  • Ahorro de costes: Eliminación de desplazamientos y papel
  • Seguridad jurídica: Mayor garantía de integridad documental
  • Cumplimiento normativo: Alineación con obligaciones de digitalización

Consideraciones especiales:

  • Excepciones técnicas: Posibilidad de usar soportes físicos solo por problemas técnicos manifiestos
  • Rectificaciones: Procedimiento específico con certificación del Secretario y visto bueno del Presidente
  • Conservación: Los dispositivos físicos se conservan 6 meses para recogida
Generado el 01/06/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.