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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-11160 – 23 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Concordare, para el desarrollo del taller Diálogos restaurativos y procesos de justicia restaurativa, de intervención en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas.

📅 23 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DEL INTERIOR 📄 6 páginas
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Resumen

Convenio para talleres de justicia restaurativa en el ámbito penitenciario

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Ministerio del Interior, a través de Instituciones Penitenciarias, firma un convenio con la Asociación Concordare para desarrollar talleres de "Diálogos Restaurativos y Procesos de Justicia Restaurativa". Estos talleres se dirigirán a internos en régimen de semilibertad y personas condenadas a penas alternativas. El acuerdo busca implementar programas de reeducación y reinserción social mediante técnicas de justicia restaurativa, sin coste económico para las partes.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece la colaboración para desarrollar talleres de justicia restaurativa en el ámbito penitenciario
  • A quién afecta:
    • Internos condenados a privación de libertad en tercer grado (régimen de semilibertad)
    • Personas condenadas a penas y medidas alternativas (trabajos en beneficio de la comunidad, suspensión condicional)
    • Centros de Inserción Social
  • Ámbito territorial: Nacional, bajo competencia de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Compromisos de Instituciones Penitenciarias:

  • Derivar casos de penados que requieran participar en estos talleres
  • Proporcionar formación, material de trabajo y metodología
  • Establecer planes de seguimiento y evaluación
  • Garantizar medidas de seguridad en Centros de Inserción Social

Compromisos de la Asociación Concordare:

  • Desarrollar los talleres según el modelo establecido por Instituciones Penitenciarias
  • Aportar profesionales cualificados para impartir los programas

Aspectos clave:

  • Sin coste económico para ninguna de las partes
  • Protección de datos estricta sobre información de los penados
  • Comisión de Seguimiento paritaria para resolver incidencias
  • Confidencialidad absoluta de la información tratada

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico Estatal (plazo de 5 días hábiles desde la firma)
  • Publicación: En el BOE en un plazo de 10 días hábiles desde la formalización
  • Vigencia: 4 años desde su entrada en vigor
  • Prórroga: Posible extensión por otros 4 años adicionales mediante acuerdo expreso

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el sistema penitenciario:

  • Ampliación de programas de reinserción social mediante técnicas de justicia restaurativa
  • Nuevas herramientas para el tratamiento de internos en régimen abierto
  • Fortalecimiento de las medidas alternativas al encarcelamiento

Para los penados:

  • Acceso a programas especializados en diálogo restaurativo
  • Oportunidades de participar en procesos de reparación del daño causado
  • Alternativas formativas para el cumplimiento de penas y medidas alternativas

Para las víctimas y la sociedad:

  • Implementación de enfoques restaurativos que pueden beneficiar a las víctimas
  • Programas orientados a la reparación del daño social causado por el delito
  • Contribución a la prevención de la reincidencia delictiva

Nota importante: La participación en estos talleres requerirá el consentimiento del penado, en línea con la regulación de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad establecida en el Código Penal.

Generado el 23/05/2026 06:02 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.