Anulación parcial del convenio de pilotos de Air Europa por discriminación
1. RESUMEN EJECUTIVO
El Tribunal Supremo ha declarado ilegal una cláusula del convenio colectivo de pilotos de Air Europa que impedía prorratear las retribuciones variables para trabajadores con reducción de jornada por guarda legal. La sentencia considera que exigir el mismo número de horas de vuelo para acceder a estos complementos, independientemente de la reducción de jornada, constituye discriminación por razones familiares. Esta resolución refuerza los derechos de conciliación laboral y familiar en el sector aeronáutico.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Anula parcialmente el anexo XIX del V Convenio colectivo de Air Europa (Tripulantes Técnicos de Vuelo) en lo relativo al sistema de retribuciones variables para trabajadores con jornada reducida
- A quién afecta:
- Pilotos de Air Europa con reducción de jornada por guarda legal
- Empresa Air Europa Líneas Aéreas, SAU
- Sindicatos del sector aeronáutico (especialmente SEPLA)
- Ámbito territorial: Nacional (todas las bases de Air Europa en España)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Cláusula anulada
Se declara ilegal la previsión que establecía: "Las variables no se prorratearán y su aplicación por la demandada a los pilotos en reducción de jornada respecto únicamente de las horas vuelo 1 (a partir de 55 y hasta 75) y horas vuelo 2 (a partir de 75)".
Fundamentos jurídicos clave
- Discriminación indirecta: Exigir las mismas horas de vuelo a pilotos con jornada reducida que a tiempo completo constituye discriminación por razones familiares
- Derechos de conciliación: Los complementos salariales no vinculados directamente al tiempo de trabajo deben abonarse proporcionalmente o íntegramente
- Principio de igualdad: La regulación anterior desincentivaba el ejercicio de derechos de conciliación familiar
Sistema anterior vs. nuevo marco
- Antes: Mismo umbral de horas (55 y 75) para todos los pilotos, independientemente de su jornada
- Ahora: Debe establecerse proporcionalidad en función del porcentaje de reducción de jornada
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Fecha de la sentencia: 24 de abril de 2026
- Publicación en BOE: 11 de mayo de 2026
- Efectos: Inmediatos desde la publicación
- Convenio original: Publicado el 2 de diciembre de 2023 (BOE núm. 288)
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para Air Europa
- Debe modificar el sistema de cálculo de retribuciones variables para pilotos con jornada reducida
- Aplicar criterios proporcionales basados en el porcentaje de reducción de jornada
- Posible recálculo de retribuciones pasadas para trabajadores afectados
Para los pilotos
- Con jornada reducida: Derecho a acceder a retribuciones variables con umbrales proporcionales a su jornada
- Ejemplo práctico: Un piloto con reducción del 50% deberá alcanzar 27,5 horas (en lugar de 55) para acceder a las "Horas vuelo 1"
- Refuerzo de los derechos de conciliación sin penalización económica
Para el sector
- Precedente jurisprudencial aplicable a otros convenios colectivos del transporte aéreo
- Necesidad de revisar cláusulas similares en otros convenios sectoriales
- Fortalecimiento de la protección de derechos de conciliación en sectores con jornadas especiales