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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio de prácticas académicas entre la CNMC y la Universidad Pompeu Fabra

BOE-A-2026-10984 — 21 de mayo de 2026

Resolución de 11 de mayo de 2026, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio de cooperación de prácticas académicas externas con la Universidad Pompeu Fabra.

📅 21 de mayo de 2026 🏛️ COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA 📄 10 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Universidad Pompeu Fabra han suscrito un convenio de cooperación educativa para que estudiantes de grado y máster realicen prácticas académicas externas en el organismo regulador. El acuerdo establece el marco jurídico para estas prácticas formativas, definiendo derechos, obligaciones y procedimientos tanto para los estudiantes como para ambas instituciones. Se trata de una colaboración que busca complementar la formación académica con experiencia práctica en el ámbito de la regulación de mercados y competencia.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece las condiciones para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de la Universidad Pompeu Fabra en la CNMC
  • A quién afecta:
    • Estudiantes de los dos últimos cursos de grado, máster o estudios propios de la UPF relacionados con el ámbito de la CNMC
    • Universidad Pompeu Fabra (como institución académica)
    • CNMC (como entidad de acogida)
  • Ámbito territorial: Nacional, con sede de las prácticas en Madrid (sede de la CNMC)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Finalidad formativa: Las prácticas son exclusivamente educativas, sin relación laboral ni remuneración
  • Perfil de estudiantes: Alumnos de últimos cursos de grado, máster o estudios propios relacionados con competencia y mercados
  • Duración: Máximo 50% del curso académico para prácticas extracurriculares
  • Proceso de selección: La Universidad propone candidatos y la CNMC selecciona según idoneidad
  • Sistema de tutorías: Tutor académico (Universidad) y tutor profesional (CNMC)
  • Obligaciones del estudiante: Confidencialidad, cumplimiento de horarios, elaboración de memoria final
  • Seguros y Seguridad Social: A cargo de la Universidad
  • Protección de datos: Cumplimiento del RGPD y normativa nacional
  • Comisión de seguimiento: Para supervisar el cumplimiento del convenio

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Fecha de firma: 8 de mayo de 2026
  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicación en el BOE
  • Duración: 4 años, prorrogables por otros 4 años adicionales
  • Plazos administrativos:
    • Comunicación al Registro: 5 días hábiles desde la firma
    • Publicación en BOE: 10 días hábiles desde la firma
  • Resolución anticipada: Posible con 2 meses de antelación

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para estudiantes de la UPF:

  • Nueva oportunidad de realizar prácticas en un organismo regulador de prestigio
  • Experiencia práctica en derecho de la competencia, regulación de mercados y telecomunicaciones
  • Obligación de mantener confidencialidad durante y después de las prácticas
  • No genera méritos para acceso a función pública

Para la Universidad Pompeu Fabra:

  • Debe asumir todas las obligaciones de Seguridad Social de los estudiantes
  • Responsabilidad de contratar seguros de accidentes y responsabilidad civil
  • Designación de tutores académicos para seguimiento

Para la CNMC:

  • Exonerada de obligaciones laborales y de Seguridad Social
  • Debe proporcionar formación práctica y designar tutores profesionales
  • Sin coste económico por el programa de prácticas

Para el sector jurídico-económico:

  • Fortalecimiento de la formación especializada en regulación y competencia
  • Mayor conexión entre academia y práctica regulatoria
Generado el 21/05/2026 05:56 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.