Declaración de utilidad pública del parque eólico PE Orzar en A Coruña
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Dirección General de Política Energética y Minas declara de utilidad pública el parque eólico "PE Orzar" de 52 MW en los municipios coruñeses de Carballo, Tordoia y Val do Dubra, junto con su infraestructura de evacuación. Esta declaración permite la expropiación forzosa de los terrenos necesarios para el proyecto y la imposición de servidumbres de paso. El procedimiento se prolongó desde 2023 hasta 2026 debido a objeciones de la Agencia Estatal de Meteorología por afectación a un radar meteorológico, que finalmente se resolvieron mediante la reducción de altura de varios aerogeneradores.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Declara la utilidad pública del parque eólico PE Orzar y su infraestructura de evacuación para permitir la expropiación de terrenos necesarios
- A quién afecta:
- Greenalia Wind Power Orzar, SLU (promotor)
- Propietarios de las 81 fincas afectadas en los tres municipios
- Administraciones locales y organismos públicos
- Sector energético renovable
- Ámbito territorial: Términos municipales de Carballo, Tordoia y Val do Dubra (A Coruña)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
- Potencia autorizada: 52 MW de potencia instalada (reducida desde los 56 MW iniciales)
- Infraestructuras incluidas: Parque eólico y líneas de evacuación hasta la red de transporte
- Modificaciones técnicas: Reducción de altura de aerogeneradores (de 127,5m a 102,5m y 90m) para resolver conflictos con radar meteorológico de Cerceda
- Bienes afectados: 81 fincas identificadas en el anexo, con referencias catastrales específicas
- Condicionantes: Cumplimiento de requisitos de organismos como Red Eléctrica, ayuntamientos y Agencia Gallega de Infraestructuras
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Entrada en vigor: La resolución es efectiva desde su publicación (27 de abril de 2026)
- Recurso administrativo: Un mes desde la notificación para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía
- Autorizaciones pendientes: Sin perjuicio de permisos urbanísticos, ambientales y sectoriales adicionales necesarios
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para el promotor:
- Obtiene el derecho de expropiación forzosa sobre los terrenos necesarios
- Puede solicitar autorizaciones para ocupación de terrenos públicos
- Debe cumplir los condicionantes establecidos por los organismos consultados
Para los propietarios afectados:
- Sus terrenos quedan sujetos a posible expropiación o imposición de servidumbres
- Derecho a indemnización según legislación expropiatoria
- Pueden consultar la relación detallada de fincas en el anexo de la resolución
Para las administraciones:
- Obligación de otorgar autorizaciones para ocupación de terrenos públicos
- Los ayuntamientos deben facilitar los permisos urbanísticos correspondientes
Para el sector energético:
- Avance en el desarrollo de energías renovables en Galicia
- Precedente para futuros proyectos eólicos en cuanto a resolución de conflictos con infraestructuras meteorológicas