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Orden Ministerial III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10648 – 16 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Orden EFD/480/2026, de 6 de mayo, por la que se fijan las cuotas por servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario en los centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero, durante el curso 2026-2027.

📅 16 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES 📄 5 páginas

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Resumen

Cuotas de centros educativos españoles en el extranjero para el curso 2026-2027

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta orden ministerial establece las cuotas que deben abonar los estudiantes españoles y extranjeros matriculados en centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero durante el curso académico 2026-2027. La disposición fija precios diferenciados por país y centro, establece un sistema de reducciones para familias numerosas y con varios hijos matriculados, y regula las condiciones de pago y posibles exenciones por motivos económicos o por ser víctimas del terrorismo.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Las cuotas por servicios, enseñanzas y actividades complementarias en centros educativos españoles en el extranjero
  • A quién afecta:
    • Familias con hijos matriculados en centros educativos españoles en el extranjero
    • Estudiantes españoles y extranjeros de estos centros
    • Centros docentes de titularidad estatal española ubicados en Brasil, Francia, Italia, Marruecos, Portugal y Reino Unido
  • Ámbito territorial: Centros educativos españoles en 6 países (Brasil, Francia, Italia, Marruecos, Portugal y Reino Unido)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Cuotas por países y centros:

  • Brasil (Bogotá): 6.447.340 pesos colombianos/curso
  • Francia: Entre 452-469 euros/curso según el centro
  • Italia (Roma): Entre 397-472 euros/curso según la etapa educativa
  • Marruecos: Entre 2.770-9.000 dirhams/curso según el centro y programa
  • Portugal (Lisboa): 356 euros/curso
  • Reino Unido (Londres): 422-2.598 libras/curso según la etapa

Sistema de reducciones:

  • Familias con varios hijos: 50% de reducción desde el tercer hijo, 100% desde el quinto
  • Familias numerosas europeas: 50% con hasta 4 hijos, 100% con 5 o más hijos
  • Necesidades económicas: Hasta 2% del alumnado puede acceder a reducciones/exenciones
  • Víctimas del terrorismo: Exención total del pago

Condiciones de pago:

  • No procede devolución salvo error o circunstancias excepcionales
  • Impago conlleva exclusión de actividades hasta regularizar la situación
  • Posibilidad de planes de pago personalizados

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Día siguiente a la publicación en el BOE (7 de mayo de 2026)
  • Aplicación: Curso académico 2026-2027
  • Plazos de pago: Varían según el país:
    • Brasil: Matrícula + 3 pagos trimestrales (octubre 2026, enero y abril 2027)
    • Francia, Italia, Portugal: Pago único al formalizar matrícula
    • Marruecos: Pago único o dos plazos (julio 2026 y enero 2027)
    • Reino Unido: Dos plazos (febrero/marzo 2026 y noviembre 2026)

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las familias:

  • Deben presupuestar las cuotas correspondientes según el país y centro
  • Pueden solicitar reducciones si cumplen los requisitos (familias numerosas, varios hijos matriculados, dificultades económicas)
  • Deben cumplir estrictamente los plazos de pago para evitar la exclusión de actividades
  • Pueden solicitar planes de pago personalizados en casos justificados

Para los centros educativos:

  • Deben aplicar el sistema de reducciones y exenciones establecido
  • Pueden solicitar garantías para avalar el pago de las cuotas
  • Deben gestionar los procedimientos de cobro según las normas específicas de cada país

Consideraciones importantes:

  • Las cuotas no son reembolsables salvo circunstancias excepcionales
  • El impago puede afectar a la participación en actividades durante varios cursos
  • Existen mecanismos de protección social para familias en situación vulnerable
Generado el 16/05/2026 05:56 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.