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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio de mecenazgo cultural entre el Museo Reina Sofía y la Fundación Carasso

BOE-A-2026-10419 — 13 de mayo de 2026

Resolución de 30 de abril de 2026, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Delegación de la Fondation de France, para el mecenazgo de las actividades y acciones culturales asociadas a la mediación cultural del museo.

📅 13 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE CULTURA 📄 8 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y la Fundación Daniel y Nina Carasso han suscrito un convenio de mecenazgo por 300.000 euros para financiar el Programa de Mediación Expandida durante cuatro años (2026-2029). Este programa busca reforzar la mediación cultural como herramienta de cohesión social y acceso a los derechos culturales, mediante formación gratuita para mediadores, recursos educativos y actividades de intervención sociocomunitaria. La colaboración se enmarca en el régimen fiscal de incentivos al mecenazgo cultural.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece los términos de colaboración para el mecenazgo de actividades de mediación cultural del Museo Reina Sofía
  • A quién afecta:
    • Mediadores culturales y profesionales del sector educativo-cultural
    • Instituciones culturales que desarrollen programas de mediación
    • Comunidades y colectivos beneficiarios de intervención sociocomunitaria
    • Sector del mecenazgo cultural en España
  • Ámbito territorial: Nacional, con proyección internacional desde Madrid

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Programa de Mediación Expandida

El convenio financia tres líneas de actuación:

  1. Formación gratuita para mediadores culturales (talleres, conferencias, encuentros presenciales y online)
  2. Refuerzo de la Escuela de Mediación Situada con perfiles especializados en intervención sociocomunitaria
  3. Producción de recursos gratuitos en diversos formatos (digital, publicaciones, podcast, audiovisuales)

Aportación económica

  • Total: 300.000 euros distribuidos en cuatro años
  • Calendario de pagos:
    • 2026: 60.000 euros
    • 2027: 80.000 euros
    • 2028: 80.000 euros
    • 2029: 80.000 euros (75.000 en primer semestre + 5.000 antes del 15 de diciembre)

Contrapartidas del Museo

  • Difusión del mecenazgo en web, paneles, memoria anual y publicaciones
  • Inclusión del logotipo de la Fundación en materiales de comunicación
  • Espacio web diferenciado para programas de mediación

Gobernanza

  • Comisión mixta de seguimiento paritaria (2 representantes por cada parte)
  • Reuniones para supervisar desarrollo y resolver incidencias
  • Régimen de modificaciones mediante adendas

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
  • Vigencia: 4 años (2026-2029) con posibilidad de prórroga hasta 4 años adicionales
  • Plazos de pago: 30 días tras emisión de nota de cargo
  • Certificación: Máximo 30 días para entrega de certificado de aportación
  • Extinción automática: Al cumplirse el objeto o transcurrir la vigencia

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para mediadores culturales

  • Acceso gratuito a formación especializada de alto nivel
  • Recursos profesionales compartibles para su actividad
  • Oportunidades de networking y desarrollo profesional

Para instituciones culturales

  • Modelo de referencia para programas de mediación cultural
  • Acceso a recursos y metodologías desarrolladas por el Reina Sofía
  • Inspiración para proyectos similares de mecenazgo

Para el sector del mecenazgo

  • Ejemplo de colaboración público-privada en cultura
  • Aplicación práctica del régimen fiscal de incentivos (Ley 49/2002)
  • Modelo de convenio con contrapartidas equilibradas

Para la sociedad

  • Mayor acceso a la cultura contemporánea a través de la mediación
  • Fortalecimiento de la cohesión social mediante intervención sociocomunitaria
  • Democratización de recursos culturales de calidad

Nota fiscal: Las aportaciones se benefician de las deducciones fiscales previstas en la Ley 49/2002 de mecenazgo, al tratarse de actividades de interés general.

Generado el 13/05/2026 05:52 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.