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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio para formación de técnicos superiores en piragüismo de aguas tranquilas

BOE-A-2026-10413 — 13 de mayo de 2026

Resolución de 29 de abril de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Real Federación Española de Piragüismo, para la realización de la Primera Edición del Ciclo de Grado Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas 2027-2028.

📅 13 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES 📄 11 páginas
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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Consejo Superior de Deportes y la Real Federación Española de Piragüismo han suscrito un convenio para impartir la primera edición del ciclo de grado superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas durante 2027-2028. El acuerdo establece la colaboración entre ambas entidades para ofrecer esta formación oficial a distancia, con un presupuesto máximo de 42.772 euros. La formación está dirigida a técnicos deportivos que deseen obtener la titulación superior en esta especialidad.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece el marco de colaboración para impartir el ciclo de grado superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas a través del Centro Superior de Enseñanzas Deportivas (CSED)
  • A quién afecta:
    • Técnicos deportivos y entrenadores de piragüismo
    • Deportistas en activo interesados en la formación técnica
    • Centros de tecnificación y clubes de piragüismo
    • Profesionales del sector deportivo
  • Ámbito territorial: Todo el territorio nacional, mediante enseñanza a distancia

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Duración: Primera edición 2027-2028 (con posibilidad de retraso hasta 2028-2029)
  • Modalidad: Enseñanza a distancia con fases presenciales
  • Número mínimo de alumnos: 15 estudiantes para garantizar viabilidad económica
  • Distribución de responsabilidades:
    • CSD/CSED: Dirección académica, bloque común, evaluaciones, registro de títulos, plataforma digital
    • Federación: Profesorado especializado, bloque específico, materiales específicos, coordinación, instalaciones deportivas
  • Financiación: A través de precios públicos abonados por los estudiantes
  • Comisión de seguimiento: 6 miembros (4 del CSD, 2 de la Federación) para supervisión y coordinación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) - 5 días hábiles desde la firma
  • Vigencia: 3 años desde la inscripción en REOICO
  • Prórroga: Posible extensión por otros 3 años mediante acuerdo expreso
  • Calendario académico:
    • Inicio del curso: 2027
    • Finalización: 2028
    • Pagos escalonados: 40% al finalizar matriculación, 60% al completar bloque específico

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para técnicos deportivos y entrenadores:

  • Nueva oportunidad de obtener titulación oficial superior en piragüismo de aguas tranquilas
  • Formación adaptada a profesionales en activo (modalidad a distancia con fases presenciales)
  • Acceso a formación continua y actualización profesional

Para el sector del piragüismo:

  • Profesionalización y mejora de la calidad técnica
  • Integración de la formación federativa con el sistema educativo oficial
  • Fortalecimiento de la estructura formativa nacional

Para centros y clubes:

  • Acceso a técnicos con mayor cualificación oficial
  • Posibilidad de colaborar en el módulo de formación práctica
  • Mejora de la calidad de los servicios deportivos ofrecidos

Aspectos económicos:

  • Coste asumido por estudiantes mediante precios públicos
  • Inversión pública máxima de 42.772 euros
  • Modelo sostenible basado en número mínimo de matriculados
Generado el 13/05/2026 05:50 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.