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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10412 – 13 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 29 de abril de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con el Colegio Guzmán el Bueno, SL, para la realización de acciones conjuntas que faciliten la formación e inserción laboral de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento en el marco del Programa de Atención al Deportista.

📅 13 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES 📄 5 páginas

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Resumen

Convenio de formación e inserción laboral para deportistas de alto nivel con centro educativo

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Consejo Superior de Deportes ha suscrito un convenio con el Colegio Guzmán el Bueno, SL, para facilitar la formación académica y la inserción laboral de deportistas de alto nivel y alto rendimiento. El acuerdo establece descuentos significativos en matrículas educativas, adaptaciones académicas para compatibilizar estudios con la actividad deportiva, y acciones de promoción laboral. Esta colaboración se enmarca en el Programa de Atención al Deportista (PROAD) y busca garantizar la carrera dual de estos deportistas.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece un marco de colaboración entre el CSD y un centro educativo privado para facilitar la formación e inserción laboral de deportistas de élite
  • A quién afecta:
    • Deportistas de alto nivel (DAN) y alto rendimiento (DAR) incluidos en el PROAD
    • Colegio Guzmán el Bueno, SL (centro educativo colaborador)
    • Consejo Superior de Deportes
  • Ámbito territorial: Nacional, con sede del centro educativo en Madrid

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Compromisos del CSD:

  • Difusión del convenio entre deportistas del PROAD
  • Publicación de condiciones especiales en web oficial
  • Comunicación personalizada a través de tutores
  • Organización de acto oficial de presentación

Compromisos del Colegio:

  • Descuentos educativos:
    • 40% en Educación Secundaria de Adultos
    • 30% en Bachillerato, FP y ESO (modalidades presencial, semipresencial y a distancia)
  • Adaptaciones académicas:
    • Sustitución de pruebas presenciales por virtuales
    • Flexibilidad en horarios y fechas de examen
    • Derecho a examinarse en convocatoria posterior sin coste adicional
  • Priorización de matrículas de deportistas PROAD
  • Compartir ofertas de empleo con valoración positiva para candidatos PROAD

Aspectos económicos:

  • Sin contraprestación financiera entre las partes
  • Reducción estimada de ingresos del colegio: entre 0 y 200.000 euros

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y publicación en BOE
  • Duración: 2 años desde la publicación en BOE
  • Prórroga: Posible extensión de hasta 2 años adicionales por acuerdo unánime
  • Descuentos: Vigentes durante todo el período de estudios del beneficiario (máximo 4 años)
  • Seguimiento: Reuniones semestrales de la Comisión Mixta

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para deportistas de alto nivel:

  • Acceso a educación con descuentos sustanciales (30-40% en matrículas)
  • Flexibilidad académica para compatibilizar entrenamientos y competiciones
  • Oportunidades laborales prioritarias en el centro educativo
  • Continuidad formativa durante y después de la carrera deportiva

Para el centro educativo:

  • Reducción de ingresos por aplicación de descuentos
  • Obligación de adaptaciones académicas para deportistas
  • Compromiso de gestión prioritaria de matrículas PROAD
  • Colaboración en difusión y actos promocionales

Para el CSD:

  • Ampliación de servicios del PROAD sin coste económico directo
  • Fortalecimiento de la carrera dual deportiva-académica
  • Mayor atractivo del programa para deportistas de élite

Nota importante: Los deportistas interesados deben solicitar las adaptaciones académicas a través de los canales administrativos establecidos por el centro educativo para garantizar su efectividad.

Generado el 13/05/2026 05:49 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.