Modificación de las bases reguladoras del programa Erasmus+ de juventud y deporte
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta orden modifica las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa europeo Erasmus+ en los ámbitos de juventud y deporte para el período 2021-2027. Las modificaciones buscan mejorar la gestión del programa, clarificar procedimientos de evaluación, permitir la contratación de expertos externos para evaluaciones y establecer criterios más precisos para la distribución territorial de fondos. También actualiza aspectos técnicos como la denominación de órganos gestores y la posibilidad de incluir beneficiarios suplentes.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Modifica la Orden DSA/1029/2021 que establece las bases para subvenciones Erasmus+ en educación no formal (juventud y deporte) y la Orden DSA/1221/2023 sobre la Agencia Nacional Española
- A quién afecta:
- Organizaciones juveniles y deportivas que soliciten subvenciones Erasmus+
- Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla
- Instituto de la Juventud (INJUVE) como agencia nacional
- Jóvenes participantes en programas de movilidad europea
- Ámbito territorial: Todo el territorio nacional, con distribución equilibrada entre comunidades autónomas
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Mejoras en la gestión del programa:
- Convocatorias abiertas: Se permite establecer varias rondas de concesión en un mismo ejercicio presupuestario
- Beneficiarios suplentes: Posibilidad de incluir una lista de reserva en las resoluciones de concesión
- Redistribución de fondos: Los remanentes de rondas anteriores pueden utilizarse en rondas posteriores
Cambios en la evaluación:
- Expertos externos: Se elimina la prohibición de contratar personal experto para evaluar proyectos e informes finales
- Comisión de Evaluación: Se clarifica su composición y funcionamiento, requiriendo al menos 4 representantes autonómicos más presidencia y secretaría
Distribución territorial:
- Criterios de asignación: Se establecen criterios específicos basados en población joven (13-30 años), desempleo juvenil y condición no peninsular
- Base mínima: 1% para cada comunidad autónoma y 0,5% para Ceuta y Melilla
Aspectos técnicos:
- Actualización de la denominación del órgano instructor (Subdirección General de Programas Europeos y Cooperación Internacional)
- Nueva URL de la página web del programa
- Clarificación de consecuencias por incumplimiento de trámites
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Entrada en vigor: El día siguiente a su publicación en el BOE
- Plazo para convenios: Las entidades beneficiarias deben firmar y remitir el "Convenio de Subvención" en un plazo de 3 meses desde la publicación de la resolución de concesión
- Conservación de documentos: 5 años desde el último pago para justificantes de gastos
- Período de aplicación: Las modificaciones se aplican al programa Erasmus+ 2021-2027
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para organizaciones solicitantes:
- Mayor flexibilidad: Las convocatorias abiertas ofrecen más oportunidades de financiación a lo largo del año
- Evaluación más especializada: La incorporación de expertos externos puede mejorar la calidad y objetividad de las evaluaciones
- Claridad procedimental: Mejor definición de requisitos y consecuencias del incumplimiento
Para comunidades autónomas:
- Participación equilibrada: Los nuevos criterios de distribución territorial garantizan una asignación más equitativa de fondos
- Rotación en evaluación: Sistema rotatorio para participar en las comisiones de evaluación
Para el INJUVE:
- Herramientas de gestión mejoradas: Mayor capacidad para gestionar el incremento de solicitudes mediante expertos externos
- Flexibilidad presupuestaria: Mejor aprovechamiento de fondos mediante redistribución de remanentes
Consideraciones importantes:
- Las organizaciones deben estar atentas a las nuevas modalidades de convocatoria abierta
- Es fundamental cumplir los plazos de firma de convenios para evitar la pérdida de la subvención
- La evaluación por expertos externos puede implicar criterios más técnicos y especializados